Economía
Miércoles 12 de agosto de 2026 - 10:06 AM

DIAN explicó cómo funcionarán los aplazamientos en las declaraciones de renta tras el terremoto

La DIAN confirmó cómo quedaría el calendario tributario para las zonas más afectadas por el terremoto en el país. Así funcionarían los nuevos plazos.

DIAN explicó cómo funcionarán aplazamientos en declaraciones de renta tras terremoto | Archivo
DIAN explicó cómo funcionarán aplazamientos en declaraciones de renta tras terremoto | Archivo

Compartir

Publicado por: Redacción Vanguardia

Luego de que el Gobierno declarara la situación de desastre tras el terremoto del 10 de agosto, se divulgaron dos decretos para comentarios entre los que se encuentra un documento que plantea aplazamientos del calendario tributario para las zonas más afectadas por este desastre natural.

En una de las iniciativas se contemplan plazos especiales para la declaración y el pago del impuesto sobre la renta y complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas con vencimientos para el mes de agosto.

¿Para quiénes aplicaría el aplazamiento de las declaraciones de renta?

Una de las claridades que entregó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es que dichas medidas cobijan únicamente a los contribuyentes que al 10 de agosto de 2026 tengan su domicilio fiscal en los municipios que pertenezcan a las direcciones seccionales de la DIAN.

En el caso del Valle del Cauca se contemplan las oficinas de Impuestos de Cali; Impuestos y Aduanas de Palmira; Impuestos y Aduanas de Tuluá; Impuestos y Aduanas de Buenaventura.

Entre tanto, para Risaralda, uno de los departamentos más afectados, se contemplan aplazamientos para las seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira.

En el departamento de Quindío el aplazamiento cobija a la oficina de Impuestos y Aduanas de Armenia.

En el caso de Caldas, la determinación opera para la seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales.

Publicidad

Asimismo, en el caso de Chocó se contemplan aplazamientos para la oficina de Impuestos y Aduanas de Quibdó.

Finalmente, en Cauca la seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán también quedaría cobijada bajo ese aplazamiento.

Entre tanto, el segundo proyecto de decreto contempla la suspensión de términos aduaneros en las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira, Armenia, Manizales, Buenaventura y Quibdó y en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, desde el 10 de agosto hasta el 10 de septiembre de 2026.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). // Foto: Colprensa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). // Foto: Colprensa

Estas medidas contemplan procesos aduaneros de permanencia de mercancía en lugar de arribo, término de nacionalización de mercancías, presentación de declaraciones por cualquier régimen o modalidad, tránsito aduanero, y presentación y pago consolidado de los Operadores Económicos Autorizados (OEA) y usuarios de trámite simplificado (UTS) que no pudieron hacer dicho pago dentro del término establecido y con domicilio fiscal en las direcciones seccionales mencionadas.

¿Cómo queda el calendario de impuesto de renta para el resto del país?

Como parte de las decisiones del Gobierno Nacional, el calendario tributario se mantendría intacto en el resto del país, incluyendo Santander. Ante esa entrada del calendario tributario, abordamos varios puntos para la claridad de los contribuyentes.

En el caso de la seccional de Bucaramanga de la DIAN ya se conocen algunas determinaciones especiales para que los ciudadanos puedan resolver sus dudas o actualizar su información ante la entidad.

Publicidad

En diálogo con Vanguardia, el director de la seccional de la DIAN en Bucaramanga, Eugenio Díaz, explicó que se dispondrán jornadas de capacitación y horarios extendidos para la atención de los contribuyentes.

Precisamente, este miércoles, 12 de agosto, es el límite para la presentación de la declaración de renta de las personas cuyo número de documento terminan en 01 y 02. La jornada culmina el 26 de octubre para los contribuyentes cuya identificación termina en 99 y 00.

En el caso de la seccional hay una expectativa que ronda la declaración de renta de cerca de 400.000 contribuyentes, de los más de 6,4 millones de personas naturales que deben cumplir con este requisito.

La Dian en Bucaramanga anunció que prestará su servicio a la comunidad durante este sábado desde horas de la mañana. (Foto: Archivo/ VANGUARDIA LIBERAL)
La Dian en Bucaramanga anunció que prestará su servicio a la comunidad durante este sábado desde horas de la mañana. (Foto: Archivo/ VANGUARDIA LIBERAL)

Horarios extendidos en Bucaramanga

Como parte de las determinaciones adoptadas por la DIAN en este periodo, el director seccional confirmó que durante los sábados habrá atención al usuario en la jornada de la mañana (8:00 a.m. a 12:00 m.).

Publicidad

Asimismo, de lunes a viernes, la jornada de atención al público comenzará desde las 6:15 a.m. hasta las 4:45 p.m. en atención continua.

DIAN explicó cómo funcionarán aplazamientos en declaraciones de renta tras terremoto | Infografía Nelson Caviedes
DIAN explicó cómo funcionarán aplazamientos en declaraciones de renta tras terremoto | Infografía Nelson Caviedes

Dudas comunes en Bucaramanga

Una de las principales inquietudes o asuntos pendientes de los contribuyentes es la actualización de su información o Registro Único Tributario (RUT). De acuerdo con el director seccional, esta es una de las dudas más frecuentes entre los usuarios.

Por este motivo, el funcionario recomendó a los contribuyentes revisar sus actividades económicas declaradas y, en caso de ser necesario, acudir a las oficinas de la entidad para actualizar dicha información.

¿Quiénes deben declarar?

De acuerdo con la DIAN, cualquier persona natural que cumpla con alguno de los siguientes requisitos deberá declarar renta.

Publicidad

  • Ser responsable del IVA al 31 de diciembre de 2025.
  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, equivalentes a $224.096.000.
  • Obtener ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
  • Realizar consumos con tarjeta de crédito por $69.719.000 o más.
  • Registrar compras o consumos por $69.719.000 o más.
  • Tener consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $69.719.000.

Publicado por: Redacción Vanguardia

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad