La justicia ambiental no puede construirse sobre la inseguridad jurídica de los pueblos, porque el páramo no se afana por la necesidad humana, pero acompaña.
En su silencio caben los ríos, las raíces, las nubes y los rezos. En su paz infinita guarda la humedad como el secreto de la vida y con sus simas y cimas, abraza y contiene los llantos de la niebla consolándola sin palabras.
El reconocimiento del Páramo de Santurbán como sujeto de especial protección jurídica es, sin duda, un avance histórico, aunque en medio de la celebración surge una pregunta inevitable: ¿Cómo se garantiza justicia cuando el derecho no se ha traducido en palabras que el territorio reconozca como propias?
El páramo es el maestro que no se nombra, pero nos transforma. En esta coyuntura, donde aún no existe una delimitación oficial del páramo, y donde pueblos como Vetas, California y Suratá enfrentan incertidumbre sobre sus derechos, deberes y futuro, la ausencia de información clara se convierte en una forma de exclusión.
Las sentencias ambientales, por más progresistas que sean, no cumplen su propósito si no se traducen en lenguaje accesible, comprensible y culturalmente legítimo. El páramo une sin pedir, recuerda sin hablar y enseña sin imponer. Por eso se hace necesario reafirmar y proyectar el compromiso por una educación jurídica con sentido cultural, como parte integral de cualquier proceso de transición ecológica.
Esta educación no puede limitarse a la divulgación normativa: debe incluir traducciones comunitarias, talleres participativos, guías pedagógicas y espacios de escucha intercultural, que permitan a los pueblos comprender, cuestionar y apropiarse de las decisiones que afectan su territorio, porque el páramo no solo se defiende con leyes: se protege con presencia.
Traducir las normas no es solo una tarea técnica, es un acto de dignidad. Es permitir que las comunidades comprendan qué se protege y cómo pueden participar sin perder su arraigo, su sustento ni su memoria. Además, es hora de reconocer que los saberes ancestrales —las prácticas de cultivo en altura, el cuidado del agua, la lectura de la niebla— son parte del derecho ambiental. No son costumbres menores, sino jurisprudencia viva. Ignorarlos es amputar la historia del territorio y reconocerlos es abrazar la jurisprudencia que brota de la tierra. Sanar memoria y sembrar justicia.
El Páramo no exige devoción, pero la inspira. Quien defiende el páramo debe también defender a quienes lo han cuidado sin títulos ni decretos. La justicia ambiental no se construye sobre la inseguridad jurídica de los pueblos. Debe caminar con ellos, escucharlos y reconocer que el derecho también se escribe con agua, con niebla y con memoria.












