Una persona puede despertar una mañana y descubrir que su rostro aparece en un video sexual que nunca protagonizó. No posó, no autorizó, no participó. Sin embargo, ahí está, en todas partes desnuda, sexualizada y convertida por Inteligencia Artificial en protagonista de una escena inexistente que comienza a circular en redes sociales, grupos de mensajería y plataformas de contenido pornográfico. En cuestión de horas, una mentira puede ser vista por miles de personas y producir un daño imposible de borrar. La tecnología ya es capaz de fabricar una agresión sexual digital sin necesidad de tocar un cuerpo, basta una fotografía para invadir la intimidad de alguien.
Mientras esta forma de violencia crece, las autoridades de Estados Unidos decidieron intervenir. El TAKE IT DOWN, cuya implementación comenzó en mayo de 2026, creó un mecanismo federal para enfrentar la difusión no consentida de imágenes íntimas, incluidas aquellas creadas o alteradas mediante inteligencia artificial. La ley obliga a las plataformas a recibir solicitudes de las víctimas y retirar el contenido, así como las copias idénticas conocidas, en un plazo máximo de 48 horas. También establece consecuencias penales para determinadas conductas relacionadas con la publicación y distribución de este material.
La decisión estadounidense tiene un mérito innegable y es que entendió que la pornografía deepfake no es un problema tecnológico, sino una violación de derechos fundamentales y reconoció que las imágenes sexuales pueden producir el mismo impacto que la difusión de contenido íntimo real ya que exponen, humillan, silencian y condicionan la vida de quienes aparecen en ellas. En otras palabras, la intimidad merece protección incluso cuando el cuerpo que circula fue fabricado por un algoritmo.

Pero la ley también abrió un debate importante, puesto que organizaciones de derechos digitales como Electronic Frontier Foundation y Center for Democracy and Technology advirtieron que el plazo de 48 horas puede incentivar a las plataformas a eliminar contenido automáticamente para evitar sanciones, incluso cuando la denuncia sea falsa o exista un interés público legítimo. También cuestionaron la ausencia de un procedimiento robusto para impugnar retiros indebidos y las preocupaciones que genera la norma sobre privacidad y servicios con cifrado.
sa discusión es precisamente la que Colombia todavía no ha enfrentado. Nuestro país ya reconoce que los datos relativos a la vida sexual son datos sensibles y que su tratamiento exige una protección reforzada. Sin embargo, cuando una persona adulta es víctima de pornografía deepfake, descubre que ese reconocimiento es insuficiente. No existe un mecanismo específico y expedito que obligue a las plataformas a retirar el contenido; tampoco una regulación que responda a la velocidad con la que estas imágenes se multiplican y permanecen en internet.
El vacío es especialmente grave porque las personas adultas quedaron prácticamente invisibles en la conversación legislativa. La violencia ocurre en segundos; la respuesta institucional tarda semanas o meses.

La Corte Constitucional hace un par de años ha empezado a reconocer que la difusión no consentida de contenido íntimo vulnera derechos como la intimidad, la imagen y el buen nombre. Ese es un avance importante, pero las decisiones judiciales llegan cuando el daño ya ocurrió. Lo que hace falta es una política pública y una legislación que entiendan que la protección de la intimidad también debe ser preventiva, tecnológica y urgente.
Colombia no necesita copiar el modelo estadounidense. De hecho, sería un error importar una ley sin aprender de sus críticas. Necesitamos una regulación que garantice el retiro rápido de imágenes íntimas no consentidas, que establezca responsabilidades claras para quienes las crean y difunden, y que obligue a las plataformas a actuar con diligencia. Pero también debe incorporar garantías para proteger la libertad de expresión y respetar la privacidad de las comunicaciones. La protección de las víctimas y las garantías constitucionales no son objetivos incompatibles, son obligaciones que deben coexistir.
Me sigo preguntando ¿para cuándo una posición fuerte del Estado colombiano frente al derecho a la intimidad en la era de la inteligencia artificial? Cuando la tecnología ya puede desnudar a una persona sin su consentimiento, la ausencia de una respuesta específica también termina siendo una forma de desprotección.










