El presidente Gustavo Petro había anunciado que se iban a expedir decretos de conmoción interior y emergencia económica por crisis en el Catatumbo.

Pese a que el pasado lunes el presidente Gustavo Petro anunció que declararía estado de conmoción interior y emergencia económica por la crisis de seguridad en el Catatumbo, el Gobierno no expedirá el segundo decreto debido a las recomendaciones que hicieron los ministros y los asesores de Palacio de Nariño en el último consejo de ministros el pasado martes.
El anuncio lo hizo el ministro del Interior debido a que el presidente Gustavo Petro emprendió un viaje a Haití este miércoles. Según el funcionario, la conmoción interior es suficiente para resolver la crisis en Norte de Santander donde el Eln ha desatado una guerra en contra de las disidencias de las Farc.
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“Después de evaluar durante estos días las distintas opciones y los distintos escenarios, las medidas que se van a tomar al amparo de este decreto de conmoción interior se ha tomado la decisión de que el camino viable que la solución inmediata a la crisis que está viviendo el Catatumbo se puede superar solamente con el decreto de la conmoción interior y que por el momento no es necesario declarar el estado de emergencia económica, social y ambiental como está contemplado en la constitución”, aseguró Cristo.
Si bien es cierto el anuncio de declaratoria de conmoción interior estaba previsto desde el lunes en la tarde, hasta hoy se daría a conocer el decreto, con la visita del ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, a Ocaña, Norte de Santander.
Las demoras en la redacción del decreto se dieron principalmente por los cambios en el gabinete, debido a que la totalidad de los ministro deben firmar el documento. Y justamente esto se da en medio del revolcó en la Casa de Nariño que ya tiene a Mauricio Lizcano y a María Constanza García fuera de las carteras de TIC y Transporte, respectivamente.
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¿Hay riesgo en Colombia por la declaratoria de conmoción interior?
La declaratoria es una figura consagrada en la Constitución Política de Colombia y la última vez que se utilizó fue en 2008, durante el Gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, mientras enfrentaba un paro judicial que amenazaba con la liberación de cientos de privados de la libertad.
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La principal función que tendrá el jefe de Estado es derogar o expedir decretos de carácter urgente sin tramitarlos en el Congreso de la República para que le sea más ágil y recuperar el orden público cuando la Nación se vea en riesgo de rebelión, insurgencia o guerra continua como sucede en este momento en la región del Catatumbo, Norte de Santander.

Para el abogado penalista Iván Cancino, la conmoción interior y la emergencia económica - anunciadas por el presidente Gustavo Petro - son medidas excepcionales consagradas en la Carta Magna que demandan el control de las demás ramas del poder público.
“Aunque el Presidente puede hacer decretos ley para manejar lo relativo al problema presentado, la Corte Constitucional lo tiene que verificar y no pueden ser reemplazadas las leyes de forma absoluta si no son ratificadas por el Congreso”, afirmó el abogado a Vanguardia.
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En un sentido similar opinó el también abogado penalista Francisco Bernate, quien explicó a esta redacción que el presidente tomaría las facultades del Congreso de la República para emitir decretos, pero previa revisión de la Corte Constitucional que garantizará el Estado Social de Derecho y la no vulneración de otros derechos establecidos en la Constitución Política de Colombia.
“El Gobierno puede expedir decretos con fuerza de ley, asumiendo el papel del Congreso, pero solo relacionados con los eventos que originaron el estado de conmoción interior, en este caso, con la situación de orden público en Norte de Santander”, puntualizó Bernate.

















