Son cerca de 40 familias las que deben ser reubicadas, de acuerdo con la sentencia de segunda instancia impartida por el Tribunal Administrativo de Santander.
Para el próximo lunes, 19 de mayo, la Defensoría del Pueblo convocó una reunión con múltiples autoridades para verificar cómo avanza el proceso de reubicación de un vecindario en alto riesgo de inundaciones en Floridablanca.
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Nos referimos al asentamiento humano Los Puentes, localizado en el casco antiguo de Floridablanca, en cercanías de la sede de la Dirección de Tránsito y Transporte. Son cerca de 40 familias las que literalmente viven a centímetros de la quebrada La Ronda.
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El pasado 20 de febrero se profirió una sentencia judicial de segunda instancia por parte del Tribunal Administrativo de Santander, a través de la cual se ordenó al Gobierno de Floridablanca el inicio de acciones para la reubicación de estos hogares.
Como parte de las instrucciones impartidas por el Tribunal, se solicitó la realización de un censo y caracterización de dicha comunidad en un plazo de dos meses. Conforme a lo resuelto, esta reubicación definitiva debe efectuarse en un plazo de dos años.
El Defensor del Pueblo convocó a las autoridades de Floridablanca
Con el objetivo de corroborar el cumplimiento de dichas órdenes y como coadyuvante en este proceso judicial, Jesualdo Arzuaga Ramírez, defensor del Pueblo de la Regional Santander, convocó a las autoridades involucradas en la sentencia de esta acción popular.
A este comité de verificación, que se agendó para el lunes entrante a partir de las 8:40 a.m. en las instalaciones de la Defensoría, fueron citados representantes del Municipio y del Banco Inmobiliario de Floridablanca. Dichas entidades deben presentar los avances registrados al respecto.
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La Defensoría dejó en claro que es la “administración quien tiene la obligación de cumplir con las órdenes impartidas en lo correspondiente al trámite que conlleva un proceso de reubicación, dejando claro que la intervención defensorial se limita al acompañamiento y recomendaciones o actuaciones propositivas. Por eso es de gran relevancia para esta entidad que entreguen la información solicitada”.
En el oficio que emitió, el Defensor del Pueblo agregó: “me permito invitarlos con el fin último de lograr la protección efectiva de los derechos involucrados, siendo nuestro deber de forma responsable e imparcial evaluar el grado de ejecución de la decisión”.
Como parte de lo resuelto, el Tribunal Administrativo de Santander ordenó:
- Actualización del censo de viviendas y familias, efectuando una caracterización completa que permita identificar a quienes presentan mayores riesgos. Plazo máximo: dos meses.
- Reubicación de las familias que actualmente se encuentran situadas en la zona de protección de la cuenca hidrográfica de la quebrada La Ronda, dando prioridad a las que presentan riesgo inminente de deslizamiento, derrumbamiento o inundación. Plazo máximo: dos años.
- Priorización del acceso a una solución permanente de vivienda de las familias ubicadas en las zonas de mayor riesgo.
















