Veedor señala que este cobro es improcedente “por falta de sustento legal”. La justicia le dió la razón al demandante y ordenó tanto a la Alcaldía de Girón como al Concejo suspender dicho recaudo.

El Tribunal Administrativo de Santander volvió a declarar la nulidad del cobro por “derecho de tránsito municipal o porte de placa”, impuesto por la Alcaldía de Girón. Nuevamente la justicia exige poner fin a dicho recaudo en territorio gironés.
Esta decisión se conoció por medio de una sentencia de primera instancia, proferida el pasado 22 de enero. En la misma el Tribunal ordena dejar sin efectos los numerales de tres actos administrativos, a través de los cuales se implementó este cobro por parte de las autoridades locales.
La justicia resolvió “declarar la nulidad del literal correspondiente al cobro denominado ‘derecho de tránsito municipal - porte de placa’, contenido en los Acuerdos Municipales 080 de 2018, 109 de 2019 y 027 de 2022, expedidos por el Concejo de Girón”. Lea también: Por segunda vez, tumban el cobro de porte de placa en Floridablanca
En el caso de los automóviles, camperos y camionetas, este cobro ronda los $80.000. En lo que respecta a las motocicletas, el valor en mención es cercano a los $50.000. Hablamos de una exigencia anual impuesta a los dueños de automotores registrados en Girón.
En su reciente sentencia el Tribunal ordenó “al Concejo Municipal de Girón y a la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio la cesación inmediata de la exigibilidad, liquidación y cobro del literal anulado, a partir de la ejecutoria de la presente sentencia”. Le sugerimos: El cobro de impuesto por porte de placa está vigente en Bucaramanga

“Hacemos un llamado a la justicia para aplicar medidas cautelares”
A pesar de lo dictado en ocasiones anteriores por parte de la justicia, las autoridades en Girón insisten en implementar el cobro por porte de placa. Es importante indicar que en 2019 el mismo tribunal también tumbó en aquel entonces este polémico recaudo.
Veedores como Jhon Faver Guerrero Mosquera, representante de la Veeduría Horus y demandante, afirman que “los acuerdos demandados reproducen la misma figura previamente anulada,
manteniendo idéntico el hecho generador y naturaleza, sin que exista habilitación legal en la Ley 769 de 2002 ni en otra norma para imponer este cobro".
Publicidad
Además de la falta de sustento legal, el denunciante también argumenta que al implementarse este cobro se genera una doble tributación contra los propietarios de automotores, ya que anualmente se les exige el pago del Impuesto Vehicular Departamental, del cual el 20 % es destinado al municipio en el que se encuentra matriculado el carro o la moto.
“La reiteración del cobro desconoce la cosa decidida, afecta la seguridad jurídica, y obliga a los ciudadanos a acudir nuevamente a la jurisdicción contenciosa para obtener la garantía del precedente judicial”, manifiesta Guerrero Mosquera.
Aunque previamente la justicia dejó sin efectos actos administrativos por medio de los cuales se impusieron estos cobros, las autoridades en Girón posteriormente formularon y publicaron nuevos acuerdos para fijar nuevamente este recaudo. ¿Se volverá a imponer este cobro de nuevo?
“Duraron tres años más haciendo este cobro. Los magistrados no quisieron otorgar medidas cautelares en su momento. Esta vez tampoco concedieron las cautelares, es algo decepcionante, porque falta mayor protección para que los ciudadanos no tengan que volver a pagar este cobro”, manifestó este veedor.

















