Bucaramanga
Lunes 20 de julio de 2026 - 09:37 PM

Así cambiarían las normas para bicicletas y patinetas eléctricas en Bucaramanga

Mientras el Ministerio de Transporte avanza en la reglamentación de los vehículos de micromovilidad, los usuarios de patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas deberán prepararse para nuevas obligaciones, entre ellas una lámina de identificación y cambios en las condiciones de circulación.

Foto: Jaime Moreno
Foto: Jaime Moreno

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Nuevamente, el Ministerio de Transporte publicó para comentarios el proyecto de resolución que definirá las nuevas reglas para la circulación de los vehículos de micromovilidad, o vehículos livianos de movilidad personal, como patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas, que ya se han tomado las calles no solo de Bucaramanga y su área metropolitana, sino de todo el país.

De acuerdo con lo expresado por la cartera, la reglamentación permitirá ordenar su uso en el espacio público y promover la movilidad sostenible.

Este proyecto da cumplimiento a la Ley 2486 de 2025, que responde al crecimiento acelerado de la micromovilidad en el país.

¿Cuáles son las novedades de esta reglamentación?

Desde el año anterior ya se habían dado a conocer las reglas básicas que deben cumplir estos vehículos para circular por las ciudades.

El nuevo proyecto contempla que, a partir del 1 de enero de 2027, todos los vehículos de micromovilidad deberán portar una lámina de identificación con las características técnicas del vehículo, una especie de lámina RUNT que hasta el momento no ha sido definida y que serviría como soporte para que las autoridades de tránsito realicen labores de identificación y control.

Vanguardia consultó a Minca, una de las empresas fabricantes y comercializadoras de vehículos de movilidad liviana en el país, desde donde precisaron que presentaron observaciones frente a las nuevas disposiciones del proyecto.

“Celebramos que este proyecto ponga fin al histórico limbo legal y a la falta de definiciones uniformes que afectan a los usuarios... pero identificamos severos riesgos operativos y vacíos técnicos”, expresaron en una comunicación escrita.

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Sobre esta lámina de identificación que entraría en vigencia el próximo año, la empresa aseguró que instalarla como lo plantea la norma desconoce la arquitectura de seguridad física de los vehículos de movilidad personal, debido a aspectos relacionados con el sellado y el riesgo de cortocircuitos. No obstante, propuso que se implementen otros métodos que no afecten el chasis ni la batería.

Otra de las nuevas medidas establece que estos vehículos no podrán ingresar al sistema de transporte masivo. Sin embargo, desde Minca solicitaron que se permita su acceso para incentivar la movilidad multimodal, es decir, la integración de trayectos cortos con otros medios de transporte para optimizar los desplazamientos.

Las nuevas disposiciones también determinan que las direcciones de Bomberos deberán definir protocolos para la atención de emergencias asociadas con las baterías de litio de estos vehículos.

Foto: Jaime Moreno
Foto: Jaime Moreno

¿Cuáles son las reglas de movilidad eléctrica liviana vigentes?

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga explicó que, por ahora, continúa vigente lo establecido en la Ley 2486 de 2025. Esta norma señala que este tipo de vehículos no requiere SOAT ni licencia de conducción. Sin embargo, sus conductores sí deben cumplir las normas de tránsito como actores viales.

Por un lado, quienes los conduzcan deben ser mayores de 16 años y no pueden circular por andenes ni zonas peatonales. A diferencia de las motocicletas y los automóviles, las bicicletas eléctricas y las patinetas sí tienen permitido transitar por las ciclorrutas, siempre y cuando lo hagan a una velocidad máxima de 25 km/h.

En las demás vías autorizadas podrán circular a una velocidad máxima de 40 km/h y siempre por el carril derecho. Una de las disposiciones menos conocidas es que estos vehículos no pueden transitar por vías nacionales.

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Al igual que ocurre con otros vehículos, sus conductores deben usar casco de manera obligatoria y portar prendas reflectivas entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m.

Además, la ley establece que son vehículos de transporte personal, por lo que no está permitido llevar acompañantes.

Finalmente, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga indicó que adelanta labores de control para promover la seguridad vial y verificar el cumplimiento de la norma por parte de quienes utilizan estos vehículos eléctricos en la ciudad.

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