Para la Corte Constitucional estas apps vulneran los derechos al buen nombre, la honra, la intimidad y el habeas data de los consumidores.

Publicado por: K.D.
La Corte Constitucional le puso la lupa a las aplicaciones que ofrecen préstamos de dinero, que con el mundo globalizado que se vive hoy en día se han vuelto más populares en el país.
Al respecto, le ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio para que se investigue y actúe frente a posibles infracciones a los derechos del consumidor y violaciones al tratamiento de datos personales, así como las peticiones de los distintos usuarios.
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El pronunciamiento se dio luego de estudiar una tutela interpuesta contra Lukiao App S.A.S., una empresa de préstamos digitales acusada de prácticas intimidatorias y difamatorias en sus procesos de cobranza.
El caso se dio luego que una persona se retrasó en los pagos de un préstamo obtenido a través de la app. No obstante, denunció como la empresa realizó diferentes acciones extremas para cobrar el saldo.
Según el denunciante, agentes de la empresa realizó visitas a la vivienda de sus padres, puso letreros en el piso de la entrada de su casa con mensajes alusivos al estado de la obligación, carteles que incluían su foto y lo identificaban como deudor moroso dispuesto en el barrio donde vive y en su lugar de trabajo, además de la difusión de esa información a través de redes sociales.
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Para la Corte Constitucional existe una vulneración de los derechos al buen nombre, la honra, la intimidad y el habeas data del actor, tras encontrar que Lukiao App hizo un uso ilegítimo de su derecho a cobrar las obligaciones mediante la implementación de estrategias amenazantes y difamatorias en contra del accionante.
“Si bien las entidades crediticias tienen el derecho a reclamar deudas, el ejercicio de este derecho está sujeto a límites que prohiben prácticas abusivas que infrinjan los derechos al buen nombre, la honra, la intimidad y el habeas data”, explicó el Alto Tribunal al determinar que los mecanismos de cobranza deben ejercerse de manera que no generen actuaciones arbitrarias, intimidatorias o difamatorias, y que cualquier divulgación de datos debe limitarse a las partes con un interés legítimo.
Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, se ordena a Lukiao App S.A.S. cesar inmediatamente dichas prácticas y adoptar medidas para asegurar el respeto a los derechos fundamentales, reafirmando la responsabilidad de las plataformas de préstamos digitales de operar dentro de los marcos éticos y legales.
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Además, remite copias del proceso a la Superintendencia de Industria y Comercio para que investigue y actúe frente a posibles infracciones a los derechos del consumidor y violaciones al tratamiento de datos personales; y a la Fiscalía General de la Nación con el propósito de que revise las posibles implicaciones penales del caso.
Para el Alto Tribunal este fallo no solo recalca la necesidad de un comportamiento empresarial ético y respetuoso por parte de las empresas de préstamos digitales, sino que también subraya el papel de las autoridades reguladoras en la supervisión y garantía del cumplimiento de estas normas fundamentales















