Para Petro, esta multa vulneró sus derechos políticos, por eso invocó en la demanda la violación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, así como apartados de la Constitución.

Publicado por: Redacción L.B.
El presidente, Gustavo Petro, ya no tendrá que pagar una multa por más de $22.170 millones que le había impuesto la Contraloría en 2018, por decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que no encontró fundamento para atribuir responsabilidad fiscal tanto al mandatario como a varios de sus funcionarios.
El caso se remonta a 2018, para ese entonces Petro era alcalde de Bogotá y emitió un decreto para asegurar la prestación del servicio público de aseo en Bogotá, una decisión que fue demandada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), por la presunta comisión de prácticas comerciales restrictivas de la libre competencia.
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Por estos hechos, el entonces Alcalde fue declarado responsable y conminado a pagar una millonaria multa.
Para Petro, esta multa vulneró sus derechos políticos, por eso invocó en la demanda la violación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, así como apartados de la Constitución.
La demanda llegó a manos de los magistrados Óscar Armando Dimaté, César Giovanni Chaparro y Moisés Rodrigo Mazabel, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, quienes decidieron deshacer la determinación.
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En primer lugar, los togados consideraron que se violó el debido proceso en contra Petro, aseguraron que la Contraloría incurrió en irregularidades en las normas en que debía fundarse el proceso de responsabilidad fiscal.
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“En los actos acusados no se encuentra acreditada la responsabilidad fiscal atribuida a los demandantes, bajo el elemento de la culpa grave que se les atribuyó, sin que se acudiera al fundamento legal para ello, pues se reitera que, en caso de presunción, la culpa grave debe estar definida expresamente por la ley”, dijo un aparte del fallo.
La sentencia cobija también a María Mercedes Maldonado, Alberto Merlano y Gerardo Ardila, quienes fueron funcionarios de su Alcaldía.
El Tribunal solicitó que “se elimine la inclusión de los señores Gustavo Francisco Petro Urrego, María Mercedes Maldonado Copello, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ignacio Ardila Calderón en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación o en su defecto cualquier registro donde aparezcan los demandantes como responsables fiscales”.
Con información de Colprensa*















