El alto tribunal declaró improcedente una tutela y el expediente continuará en Cundinamarca, donde falta resolver una medida cautelar.

Publicado por: Redacción Vanguardia
El proceso judicial que pone bajo la lupa el nuevo modelo de expedición de pasaportes en Colombia continuará su curso luego de una reciente decisión del Consejo de Estado. El alto tribunal concluyó que una acción de tutela presentada por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores no era el mecanismo adecuado para intentar detener el trámite que actualmente avanza en la jurisdicción contencioso administrativa.
La determinación implica que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca seguirá conociendo la acción popular presentada contra el esquema de expedición de pasaportes, un proceso en el que aún faltan decisiones de fondo sobre las solicitudes formuladas por los demandantes.
#EnDesarrollo La acción popular contra el nuevo modelo de pasaportes en Colombia seguirá en curso luego de que el Consejo de Estado tumbara, por improcedente, una tutela presentada por la Cancillería contra dicho proceso. Esto implica que el Tribunal Administrativo de… pic.twitter.com/x5spSvMJW7
— BluRadio Colombia (@BluRadioCo) July 6, 2026
Consejo de Estado revocó fallo de primera instancia
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado declaró improcedente la tutela con la que el Fondo Rotatorio buscaba frenar el proceso judicial. Con ello, revocó una decisión de primera instancia que había favorecido a esa entidad y dejó vigente el trámite de la acción popular.
La demanda fue presentada por Nicolás Dupont Bernal, en representación de la Fundación DILO Colombia. En ella se solicita que la justicia establezca si durante la implementación del nuevo modelo para la expedición de pasaportes se habrían presentado posibles irregularidades que ameriten un análisis por parte de los jueces.
La controversia gira alrededor de la legalidad del procedimiento adoptado para poner en marcha el nuevo sistema, un tema que ahora seguirá siendo evaluado dentro del proceso principal que cursa ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Tribunal analizará la medida cautelar solicitada
En la ponencia elaborada por el magistrado Pablo Andrés Córdoba Acosta, el Consejo de Estado explicó que la acción de tutela no puede convertirse en un mecanismo para poner fin a un proceso judicial que todavía está en desarrollo y que cuenta con herramientas procesales propias para que las partes ejerzan su defensa.
En el fallo, el alto tribunal indicó que corresponde a la parte demandada presentar, dentro del mismo proceso, las excepciones y argumentos que considere pertinentes para controvertir los cuestionamientos planteados por los demandantes, utilizando los recursos previstos en la legislación vigente.
La providencia señala que “en el marco del mismo proceso objeto de tutela que la parte actora debe ejercer su derecho de defensa y controvertir la presunta falta del cumplimiento del requisito de procedibilidad previsto en el artículo 144 del CPACA mediante la formulación de las excepciones que considere pertinentes. En consecuencia, no resulta admisible pretender la terminación del proceso a través de la acción de tutela”.
Con esta decisión, el proceso judicial continuará su trámite normal y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca deberá resolver uno de los puntos más relevantes del caso: la solicitud de una medida cautelar con la que los demandantes buscan suspender provisionalmente el nuevo modelo de expedición de pasaportes mientras se adopta una decisión definitiva sobre la acción popular.















