Las medidas incluyen alivios para arrendatarios, retiro de cesantías, opciones de financiación de vivienda y apoyos económicos, según el tipo de afectación y los requisitos establecidos.
Publicado por: Redacción Vanguardia
Después del terremoto del 10 de agosto, las familias afectadas no solo han tenido que enfrentar los daños en sus viviendas y la pérdida de ingresos. También han surgido dudas sobre qué ayudas están disponibles y, sobre todo, cómo acceder a ellas.
En las últimas semanas, el Gobierno ha expedido diferentes medidas dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado por las afectaciones del sismo. Entre ellas hay disposiciones relacionadas con vivienda, arriendos, créditos y protección de los ingresos de quienes resultaron afectados.
No todos los beneficios aplican de la misma manera. En varios casos es necesario demostrar que la persona, el hogar o el inmueble tuvo una afectación relacionada con el terremoto y cumplir las condiciones establecidas por la entidad encargada.
Ayudas para quienes perdieron ingresos o tienen dificultades con el arriendo
Uno de los alivios está dirigido a las personas que quedaron sin empleo y cumplen los requisitos establecidos para recibir apoyo a través de las cajas de compensación familiar. La solicitud debe hacerse ante la entidad a la que estaba afiliado el trabajador.

También se contemplan medidas para quienes tienen un contrato de arrendamiento en las zonas afectadas. Una de las disposiciones adoptadas recientemente establece medidas temporales frente a los reajustes del canon, los vencimientos de contratos y determinadas órdenes de entrega, siempre que se acredite la afectación correspondiente.
En algunos casos, además, el arrendatario podrá solicitar una extensión temporal del contrato. Las condiciones dependen de la fecha de vencimiento y de las circunstancias particulares del inmueble.
Los apoyos para pagar el arriendo también pueden variar según la región y la caja de compensación. Por ejemplo, en Quindío se habilitaron postulaciones para un subsidio temporal de arrendamiento dirigido a afiliados afectados por el sismo y registrados en el censo correspondiente. Lea: Así reapareció Ana María Saavedra, la única trilliza sobreviviente del terremoto que perdió a toda su familia
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Por eso, antes de hacer la solicitud, es necesario revisar las condiciones de la caja de compensación correspondiente. Las personas cuyo contrato de trabajo haya sido suspendido como consecuencia de la emergencia pueden consultar ante su fondo de cesantías si cumplen las condiciones para retirar esos recursos.

La medida busca que quienes tuvieron una interrupción en sus ingresos puedan utilizar parte de sus ahorros laborales mientras afrontan las consecuencias económicas del desastre.
Opciones para reparar o reemplazar una vivienda
La emergencia también abrió mecanismos especiales de financiación para las familias que necesitan reparar, reconstruir o reemplazar una vivienda afectada. Te puede interesar: Terremoto del 10 de agosto: así están las zonas más afectadas un mes después
El Gobierno ha contemplado herramientas para facilitar el acceso a crédito, subsidios, garantías y períodos de gracia para los hogares damnificados. La declaratoria de emergencia habilitó medidas extraordinarias en materia de vivienda y crédito para atender la recuperación de las zonas afectadas.
En determinados casos, los recursos pueden utilizarse para reparar una vivienda dañada o adquirir otra cuando el inmueble original quedó destruido, inhabitable o con daños graves. El trámite debe hacerse directamente ante la entidad financiera o la institución encargada del respectivo subsidio. Los requisitos pueden cambiar dependiendo del programa y del tipo de afectación.
¿Qué pasa si la vivienda tenía un seguro contra terremoto?
Las familias que tenían asegurado su inmueble también cuentan con una alternativa para afrontar la reconstrucción. En lugar de destinar automáticamente el dinero del seguro al pago de la deuda con el banco, las medidas adoptadas durante la emergencia contemplan que, en determinados casos, esos recursos puedan utilizarse para reconstruir la vivienda que sirve como garantía del crédito.
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La persona debe adelantar el trámite con la aseguradora y la entidad financiera para determinar si puede acogerse a esta alternativa. La respuesta del Gobierno frente al terremoto incluye además recursos para la reconstrucción y mecanismos de financiación destinados a las zonas afectadas. Entre las medidas adoptadas está la creación del Fondo Milagro, destinado a canalizar recursos para asistencia, recuperación, rehabilitación, reconstrucción y reactivación económica.
¿Dónde debe hacer cada trámite?
La entidad a la que debe acudir depende del beneficio que busca:
- Ayudas por desempleo: caja de compensación familiar, si cumple las condiciones.
- Cesantías: fondo de cesantías al que esté afiliado.
- Créditos para vivienda: entidad financiera participante.
- Subsidios de vivienda: entidad o caja de compensación que administre el programa.
- Seguro de vivienda: aseguradora y banco, cuando exista un crédito hipotecario.
- Alivios de arrendamiento: propietario o arrendatario deben revisar las condiciones establecidas para el contrato y acreditar la afectación cuando corresponda.
Lo más importante es conservar los documentos que permitan demostrar la afectación causada por el terremoto y consultar directamente con la entidad responsable antes de iniciar el trámite.
















