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Colombia
Jueves 28 de marzo de 2019 - 12:00 PM

Fiscalía le gana a la JEP la puja por los bienes no declarados de las Farc

Con una votación unánime, la Corte Constitucional determinó este jueves que la Fiscalía General será la que asuma la tenencia de los bienes de las Farc que no fueron inventariados en el marco de la firma final del acuerdo de paz.

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Sobre este tema, la Fiscalía había sostenido un enfrentamiento de posiciones con la Justicia Especial para la Paz, tribunal que consideraba suya la competencia sobre estos bienes.

De acuerdo con el magistrado Luis Guillermo Guerrero, ponente del tema, “la JEP tiene competencias definidas con las investigaciones y no tiene competencia en materia de reparación material para las víctimas”.

Así las cosas, lo que dice el auto 155 de 2019 es que, “la Fiscalía es competente para adoptar las medidas cautelares sobre los bienes objeto de extinción de dominio por su relación con las Farc”.

En otras decisiones, el Alto Tribunal determinó dejar sin efectos las actuaciones adelantadas por la JEP relacionadas con la solicitud de imposición de medidas cautelares sobre los bienes objeto de extinción de dominio por su relación con el grupo al margen de la ley.

Del mismo modo, advirtió a la Fiscalía que los bienes cuyo dominio se haya extinguido por su relación con el extinto grupo, están destinados a la reparación de las víctimas del conflicto armado, por lo que deberá velar para que se adopten las medidas respectivas.

Los bienes de las Farc, que hoy oscilan en una cuantía cercana de 2,3 billones de pesos, no tiene otro fin que el de reparar a las víctimas. Ese grupo tenía que entregar la relación a más tardar el 15 de agosto del año pasado y los activos que se declararan después de esa fecha quedaban bajo lo que se ordena en la ley y esto es extinción de dominio.

La puja de los bienes de las Farc empezó en julio pasado cuando la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA), les solicitó a varias entidades gubernamentales el listado de las propiedades. En octubre, la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia, Reconocimiento y Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) suspendió la entrega de información, debido a que no se había recaudado la información necesaria y pertinente que permitiera identificar el inventario de las Farc destinado a la reparación de las víctimas.

En ese entonces, el tribunal de justicia transicional le solicitó a la Fiscalía, la Sociedad de Activos Especiales (SAE), el Ministerio del Interior y la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otras entidades, rendir informes sobre los bienes del grupo hoy desmovilizado.

Pese al pedido de material, la primera negativa se registró por parte del ente acusador, a su juicio, porque bienes que se encuentran en su poder deben ser parte de un proceso de extinción de dominio. “La Fiscalía debe poner de presente la imposibilidad de darles cumplimiento, toda vez que la información relacionada con procesos de extinción de dominio tiene carácter reservado”, dijo el ente acusador en su momento.

Otra negativa fue recibida por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro, debido a que “dicha información hace parte integral de los archivos de la Fiscalía General de la Nación”.

En razón al Ministerio del Interior, el tribunal aseguró que este no dio respuesta alguna a la solicitud, por lo que se determinó suspender la entrega de información.

La justicia transicional, al percatarse de la negativa de las entidades, emitió una carta en la que expresaba en un escrito de 35 páginas que dicho listado era fundamental para que las víctimas del conflicto no sintieran que es ficticio este patrimonio fruto del conflicto, y que servirá para los postulados de verdad, justicia, reparación y no repetición.

Al conocerse la misiva de la JEP, el fiscal Néstor Humberto Martínez envió un oficio a la Corte Constitucional para que esta definiera su competencia. Y este jueves, la corporación le dio el espaldarazo, luego de que el miércoles se conociera que la votación en Sala Plena estaba seis a favor y tres en contra.

Ahora, el procedimiento desde la Fiscalía será acatar la normativa que expidió el Presidente Iván Duque con el Plan Nacional de Desarrollo, en el artículo 144, que establece el fortalecimiento del fondo de reparación para las víctimas de la violencia.

“Los recursos líquidos derivados de los bienes extintos que no hayan sido entregados por las FARC-EP en los términos del artículo 2 del Decreto Ley 903 de 2017, tendrán como destinación el Fondo de Reparación para las Víctimas de la Violencia al que se refiere la Ley 1448 de 2011, a excepción de los predios rurales de los que trata el inciso segundo del artículo 91 de la Ley 1708 de 2014”, dice la normativa.

Así las cosas, la Fiscalía será quien determine los bienes que se encuentran vinculados a procesos de extinción de dominio que no correspondan al inventario de que trata el Decreto Ley 903 de 2017.

Si bien, hasta el momento el ente acusador no se ha pronunciado por el espaldarazo que le dio la Corte, fuentes oficiales confirmaron que están estudiando la manera de proceder. Cabe recordar que en este momento, la Fiscalía cuenta con un inventario masivo de los bienes, desde traperos hasta lingotes de oro. Sin embargo, a juicio del fiscal aún hacen falta activos por declarar.

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Publicado por Colprensa

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