Una vez aprobada la ley que prohibe el uso y comercialización del asbesto se debe iniciar el proceso de reemplazo del material.

Publicado por: Nelly Vecino Pico
El asbesto, según el Instituto Nacional de Cancerología, “es un grupo de fibras minerales naturales que ha tenido o sigue teniendo un uso comercial debido a su extraordinaria resistencia a la tensión, su escasa termoconductividad y su relativa resistencia al ataque químico”. Por estas características es que el asbesto se usa en aislamiento de edificios, como componente de diversos productos (tejas, tuberías de agua, mantas incombustibles y envases médicos), como aditivo de los plásticos y en la industria automovilística (revestimiento de embragues y frenos, juntas y amortiguadores).
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Después de una larga batalla en el Congreso de la República, fue aprobada la Ley Ana Cecilia Niño, que es el caso más representativo de los efectos del asbesto en la salud y por eso lleva el nombre de esta periodista que a los 42 años perdió la batalla que libró contra el cáncer de pulmón provocado por la exposición al asbesto.
Después de 15 años de trabajo y ocho proyectos hundidos en el Congreso de la República, la semana pasada por unanimidad se logró llegar a un acuerdo que prohibe en su totalidad el asbesto en Colombia.
Según lo que fue aprobado en el Congreso en una votación unánime, se prohibe producir, comercializar, usar o exportar asbesto en Colombia.
¿Qué viene?
Tras la decisión de prohibir el asbesto, se definió que la ley entrará en vigencia a partir del primero de enero de 2021, tiempo que para los impulsores de la Ley no es conveniente, porque más personas estarán a la exposición de esta fibra.
La aprobación en la Cámara llevó a que quedara en este plazo (dos años) y no en cinco como promovió la decisión del Senado de la República, para la transición de las industrias en la suplantación del material con asbesto, utilizado principalmente en construcción.
Para Daniel Pineda, Director de la Fundación Colombia sin asbesto, “la ley que entra en vigencia prohibe el asbesto como tal desde el primero de enero del año 2021, o sea, en este tiempo el asbesto sigue siendo legal, entonces seguimos promoviendo debates en los diferentes municipios que aún no han prohibido o restringido su uso o su compra, para evitar que vayan a recibir los stocks de lo que está guardado en las bodegas de los comerciantes que quieren vender a como de lugar”.
El Director de la Fundación Colombia sin asbesto considera que en principio lo que deben trabajar los municipios es en políticas de prevención de enfermedades relacionadas con el asbesto, es decir, evitar que las personas, una vez salga la ley, empiecen a desmontar todo lo que tienen en sus viviendas sin ningún protocolo y sin ningún seguimiento de las autoridades correspondientes sino por ellos mismos, y esto puede generar problemas de salud porque el asbesto no tiene un uso seguro y se debe evitar su contacto.
Pineda hace un llamado a la tranquilidad y a tener cuidado con lo que está instalado, no hay que remover lo que está instalado, esto se debe hacer con prevención.
En este mismo sentido, Carlos Andrés Uribe Piedrahita, Director de Maestría en Derecho Económico de la Universidad Javeriana, explica que hay varios elementos que se deben tener en cuenta como por ejemplo, la obligación de cumplir con el desmonte; cómo se establecen las obligaciones de vigilancia; las autoridades cómo van a estar vigilando que se cumpla con lo establecido porque no es solo llegar a los cinco años de plazo fijado, sino que el objetivo es que se haga bajo un cronograma unido a la ley.
El docente de La Javeriana considera que es necesario tener en cuenta cómo se va a hacer el desecho de estos residuos y quiénes serán los encargados de la disposición final de este material.















