Economía
Martes 03 de noviembre de 2026 - 08:47 AM

¿Qué le falta a la reforma pensional de 2024?

La reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro sigue sin tener luz verde definitiva, pese a que la Cámara de Representantes subsanó los vicios de trámite señalados por la Corte Constitucional, mientras el alto tribunal estudia una posible prórroga para su entrada en vigencia.

Cropped image of senior man counting his expences
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Al día de hoy, una única pregunta les queda a los colombianos: ¿está en firme la reforma pensional del Gobierno Petro de 2024 o no?

El pasado jueves se conoció que la Cámara de Representantes subsanó los vicios de nueve artículos que fueron identificados por la Corte Constitucional. El resto de la reforma fue declarado exequible por la misma Corte en el pasado mes de agosto.

Tal como lo anunció el presidente de Asofondos, Andrés Mauricio Velasco, esta decisión de subsanar los vicios de trámite, como lo pedía la Corte, es solo un paso en este proceso.

¿En la práctica eso qué significa? Que nuevamente el proyecto regresará a la Corte Constitucional para el análisis del procedimiento. “Lo que todos esperamos es su versión final sobre si la reforma pensional es constitucional o no”, señala Velasco. Le puede interesar: Uribismo le hace contrapeso a la reforma pensional de Petro

El presidente de Asofondos es enfático en que, a día de hoy, todavía no se puede decir que la reforma pensional de 2024 esté en firme.

Es importante recordar que entre los artículos que estaban en revisión se encontraban temas como las semanas que las mujeres necesitan para pensionarse y la reducción de semanas por número de hijos; las condiciones de pensión diferenciales para población palenquera, raizal, afrocolombiana y campesina, así como los saldos de las administradoras de fondos de pensiones. Puede leer: ABC de la ley de rescate económico: los impuestos, recortes y cambios que impactarán su bolsillo

Sin embargo, el resto del articulado de la reforma ya fue avalado por la Corte.

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Reforma Pensional
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¿Cómo cambia el sistema pensional según la Ley 2381?

De acuerdo con Deivy Peña, docente de economía y experto en temas pensionales, el principal cambio de la Ley 2381 de 2024 frente al anterior modelo pensional es el sistema de pilares.

Estos se dividen en solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.

El pilar solidario es el que busca dar cobertura a la población más vulnerable del país. Según Peña, se asemeja un poco al modelo de Colombia Mayor, aunque este tiene unas características diferentes, al brindar un ingreso a las personas durante la vejez.

El semicontributivo es un pilar que acoge a las cotizantes que tengan entre 300 y 999 semanas, hombres con más de 65 años y mujeres con más de 60 años, y que no alcancen la pensión, otorgándoles una especie de subsidio que no llega a completar el 80 % de un salario mínimo.

Ahora, el pilar contributivo es donde estarán la mayoría de los cotizantes. En el fondo público, es decir, en Colpensiones, podrán cotizar hasta 2,3 salarios mínimos. Si exceden estos ingresos, el resto de su cotización irá a un fondo privado.

Las mujeres con más de 750 semanas cotizadas y los hombres con más de 900 semanas cotizadas, sin importar la edad, se enmarcan en este régimen y, por lo tanto, se siguen cobijando por la Ley 100 de 1993, accediendo a la pensión con las condiciones de dicha ley.

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Finalmente, el ahorro voluntario es el que permite que los afiliados realicen aportes adicionales y opcionales para incrementar el monto de su futura pensión o construir un respaldo económico extra para el retiro.

Cabe recordar que las edades no fueron modificadas en la reforma, pero sí las semanas: los hombres siguen en 62 años y las mujeres en 57. Las semanas de las mujeres, que arrancaban en 1.275 en 2025, disminuirían progresivamente hasta llegar a 1.000 semanas para el año 2036. Los hombres se mantienen en 1.300 semanas.

¿Aplicación en 2027 o 2028?

Esta es otra de las interrogantes frente a la aplicación de la reforma. La Ley 2381 de 2024 tenía previsto entrar a regir a partir del 1 de abril del año entrante.

Sin embargo, recientemente Colpensiones y el Gobierno de Abelardo de la Espriella le solicitaron a la Corte Constitucional que se aplazara un año la entrada en vigencia de la reforma.

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Los argumentos para que se tome esta medida aseguran que se debe a la falta de presupuesto, además de que se requieren ajustes técnicos y financieros, así como realizar la transición necesaria para proteger a los afiliados y al sistema.

Así lo explica Deivy Peña, quien detalló que, primero, fue una carta abierta de Colpensiones dirigida a la Corte Constitucional, en la que solicitaba que se tuviera en cuenta un tiempo de transición.

Posteriormente, el mismo Ministerio de Hacienda usó el mecanismo de incidente de impacto fiscal, alegando que con los recursos del Presupuesto de la Nación no se podría dar funcionamiento a las cotizaciones del año 2027.

“A mediados de octubre, la Corte le dio 30 días hábiles al Ministerio de Hacienda para que presentara todos los alegatos y los argumentos”, explicó.

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Esto quiere decir que le corresponde también a la Corte Constitucional responder si concede este aplazamiento. Si fuera el caso, con este se cumplirían tres años desde que se sancionó la ley, sin ser puesta en funcionamiento.

Para el experto Peña, en el caso de que se extienda la aplicación para 2028, habría tiempo para que la nueva contrarreforma, recientemente presentada por el Centro Democrático, avance en los debates en el Congreso.

“En este momento, como tal, la contrarreforma, por los plazos de los debates, no alcanzaría a aprobarse antes de abril del 2027”, detalló.

¿A quiénes cobija el sistema pensional?

Cabe recordar que no a todos los colombianos los cobijará el nuevo sistema pensional, Ley 2381 de 2024. Lo primero que se debe tener en cuenta son las semanas de cotización que lo pueden ubicar en el Régimen de Transición.

En este sentido, las mujeres con más de 750 semanas cotizadas y los hombres con más de 900 semanas cotizadas, sin importar la edad, se enmarcan en este régimen y, por lo tanto, se siguen cobijando por la Ley 100 de 1993, accediendo a la pensión con las condiciones de dicha ley.

Ante el nuevo sistema, este grupo de colombianos solo debe verificar sus semanas de cotización y, a 12 años de la pensión, solicitar la doble asesoría para comparar los beneficios de cada régimen y elegir la mejor alternativa según sus necesidades.

¿Qué está operando de la reforma pensional?

Aunque la reforma no esté al 100 % en funcionamiento, algunos de sus apartados ya están operando. Uno de los que más han llamado la atención es la ventana de traslado. Se trataba de la posibilidad para que los afiliados se cambiaran de una administradora a otra, aun cuando por su cercanía a la edad de pensión ya no lo podían hacer. Este proceso se debía hacer con la doble asesoría y venció el pasado 16 de julio.

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