Nacional
Domingo 26 de junio de 2011 - 12:00 AM

Cooperativas con nuevo lineamiento

El pasado 8 de junio el presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto 2025 de 2011, mediante el cual se "pone en cintura" la actividad de las cooperativas y precooperativas en el país y que, según los analistas, les abren las puertas a la formalidad de más 300 mil trabajadores.

(Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)
(Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: REDACCIÓN VANGUARDIA LIBERAL, BOGOTÁ

Los principales logros con esta medida, precisa el viceministro de Relaciones Laborales del Ministerio de Protección Social, Ricardo Echeverri, son que los empleados ahora deberán ser contratados en nómina y se acaba la intermediación laboral.

"Las sanciones para quienes no cumplan son altas: van desde 1.000 a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (hasta 2.670 millones de pesos), de acuerdo con el tamaño de la cooperativa, es decir, mientras más trabajadores asociados mayor será la multa y el riesgo de liquidación", explicó el viceministro.

Julio Roberto Gómez, presidente de la Central General del Trabajo (CGT), aseguró por su parte que al fin se pondrá fin a una práctica negativa en contra de los trabajadores del país. "En este esquema de contratación los empresarios encontraban mano de obra barata, evadían el pago de aportes parafiscales, seguridad social, salud, pensión y las demás obligaciones legales a las que tiene derecho un empleado en Colombia".

ABC de la reforma

Las cooperativas y precooperativas no podrán a partir de ahora hacer el papel de intermediación laboral, pues se considera que cuando se hace mención a intermediación laboral se entiende como el envío de trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o instituciones. Esta actividad, se aclara, es propia de las empresas de servicios temporales, por lo tanto esta actividad no está permitida a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado.

A partir de ahora las instituciones o empresas públicas y/o privadas no podrán contratar procesos o actividades misionales permanentes, es decir, funciones directamente relacionadas con la producción del bien o servicios característicos de la empresa con cooperativas o precooperativas de Trabajo Asociado.

El contratado deberá estar siempre vinculado a la cooperativa de manera voluntaria, no puede ser un requisito para la contratación.

Así mismo la cooperativa o precooperativa que no tenga independencia financiera o que no tenga la propiedad y la autonomía en el uso de los medios de producción, ni en la ejecución de los procesos o subprocesos que se contraten, será multada.

A partir de ahora los trabajadores que contraten las cooperativas deben estar bajo su cargo, es decir deben ejercer sobre ellos potestad reglamentaria y disciplinaria; se les deben dar las instrucciones para

su trabajo, horario y modo.

Las cooperativas y precooperativas deberán participar a sus trabajadores asociados en la toma de decisiones y rendimientos económicos y deberán pagar a sus trabajadores todas las prestaciones de ley, además de parafiscales.

Sanciones

Las sanciones no son pocas para las infractoras; ahora las irregularidades las investigarán más de 100 inspectores en todo el país y cuando se establezca que las cooperativas han incurrido en intermediación laboral o irregularidades, se impondrán sanciones consistentes en multas hasta de cinco mil (5.000) smlmv, es decir más de 2.500 millones de pesos.

"Además de las multas, las infractoras quedarán incursas en causal de disolución y liquidación. La Superintendencia de la Economía Solidaria y las demás Superintendencias, para el caso de las cooperativas especializadas, cancelarán la personería jurídica", anotaron voceros del Ministerio de Protección Social.

Igualmente, al tercero que contrate con una Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado que incurra en intermediación o que contrate procesos o actividades misionales permanentes, se le impondrá una multa hasta de cinco mil salarios mínimos mes, a través de las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social.

Si el contratante con la cooperativa para intermediación laboral es un servidor público, se incurrirá en falta grave que podrá ser hasta de destitución del cargo.

MALA PRÁCTICA

Aunque el modelo ha existido casi desde la creación del cooperativismo, las CTA empezaron su auge desde 2002 y han sido la práctica de contratación preferida en la salud pública y privada, en las plantaciones de caña azucarera y de palma africana, en  las grandes superficies, en hotelería, puertos, confecciones, la industria de alimentos y bebidas, así como en la minería y la explotación de hidrocarburos, las telecomunicaciones y la construcción. Según cifras de Confcoop, en el país funcionan 4.307 cooperativas de este tipo.

Publicado por: REDACCIÓN VANGUARDIA LIBERAL, BOGOTÁ

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