Nacional
Sábado 31 de octubre de 2026 - 04:17 PM

Alimentos y productos: ¿cuáles tendrían cambios en el IVA?

Frutas, café, celulares, computadores y servicios de uso cotidiano hacen parte de los productos y actividades que podrían tener cambios en el IVA. Seguirían sin IVA los alimentos de la canasta básica, como arroz, pan, carne, huevos, papas, leche y otros lácteos.

Inflación en Colombia. // Foto: ilustración creada con inteligencia artificial (ChatGPT).
Inflación en Colombia. // Foto: ilustración creada con inteligencia artificial (ChatGPT).

Compartir

Uno de los grandes pilares y que más controversia ha generado en la nueva propuesta de ley de rescate económico o ajuste fiscal, presentada el pasado viernes por el Gobierno de Abelardo de La Espriella, es el IVA y los cambios en las exenciones de algunos productos.

Si bien la medida mantiene la tarifa general del IVA en el 19 %, sí introduce un cambio fundamental al modificar los bienes y servicios que hoy están excluidos, exentos o gravados al 5 %, para pasarlos a la tarifa plena.

Seguirían sin IVA los alimentos de la canasta básica, como arroz, pan, carne, huevos, papas, leche y otros lácteos.

El proyecto plantea dos momentos para la aplicación de las modificaciones en el IVA: por un lado, los productos que empezarían a pagar más IVA desde la entrada en vigencia de la ley y, por otro, un grupo que pasaría al 19 % a partir del 1 de enero de 2028.

Discriminados por estas categorías, desde la entrada en vigencia de la ley tendrían IVA del 19 % los licores, vinos, aperitivos sin licor y vehículos híbridos e híbridos enchufables, que actualmente se acogían a la tarifa diferencial del 5 %.

Le puede interesar: ABC de la ley de rescate económico: los impuestos, recortes y cambios que impactarán su bolsillo

En este grupo también entran los envíos internacionales rápidos de menos de US$200, las licencias de software, el diseño de páginas web, el hosting y la computación en la nube. Todos estos servicios estaban excluidos del IVA hasta el momento.

Publicidad

Alimentos, elementos y servicios que dejan de estar exentos de IVA

Otro de los puntos fuertes de este proyecto es la modificación de los bienes y servicios que dejan de estar excluidos del IVA. Además, en su artículo 106 propone derogar el artículo 468-3 del Estatuto Tributario y, con este, eliminar la tarifa diferencial del 5 %.

Así las cosas, si la ley es aprobada, desde el 1 de enero de 2028 los alimentos de consumo regular, elementos y servicios de uso diario tendrían que pagar este impuesto.

Continuarían exentos los medicamentos, los servicios obligatorios de salud, los seguros o planes complementarios de salud que hoy están gravados al 5 %, como la medicina prepagada, la educación, el transporte público, los servicios públicos domiciliarios, los servicios financieros, los servicios de arrendamiento, la venta de inmuebles y el ACPM

Entre los alimentos que más polémica han generado están las frutas frescas, el queso fresco, los camarones de cultivo, las hortalizas, el maíz para consumo humano, la miel, la sal, el café, el chocolate, la avena y las pastas. Además, se incluyen insumos del campo como abonos, fertilizantes, plaguicidas, semillas, caña de azúcar, ganado en pie, maquinaria agrícola, paneles solares y controladores de carga.

También se incluyen los servicios de vigilancia, aseo, servicios temporales prestados con personas con discapacidad y almacenamiento de productos agrícolas, entre otros.

Elementos tecnológicos como computadores de hasta $2.618.700, celulares y tabletas de hasta $1.500.000, el internet residencial del estrato 3 y la telefonía local de los estratos 1 al 3, así como las boletas de cine y de eventos deportivos, culturales y de recreación, pasarían a gravarse con el 19 %.

Publicidad

¿Cuáles seguirían exentos del impuesto?

Seguirían sin IVA los alimentos de la canasta básica, como arroz, pan, carne, huevos, papas, leche y otros lácteos.

Además, continuarían exentos los medicamentos, los servicios obligatorios de salud, los seguros o planes complementarios de salud que hoy están gravados al 5 %, como la medicina prepagada, la educación, el transporte público, los servicios públicos domiciliarios, los servicios financieros, los servicios de arrendamiento, la venta de inmuebles y el ACPM.

Creación de EfectIVA

Además, el Gobierno asegura que, a partir del 1 de enero de 2028, las personas de menos recursos en pobreza extrema o vulnerabilidad recibirían una devolución del IVA. De acuerdo con sus estimaciones, serían del 30 % al 100 % del IVA pagado, lo cual se traduce en máximo $288.000.

A partir del 1 de enero de 2028, las personas de menos recursos en pobreza extrema o vulnerabilidad recibirían una devolución del IVA.

Publicidad

Sin embargo, para que se hiciera efectivo, la DIAN determinaría el IVA pagado a partir de la emisión de facturas electrónicas. Según el proyecto, estas devoluciones no constituirían renta o ganancias ocasionales.

Cabe recordar que esta no es la única medida. La propuesta del Gobierno, que ha sido calificada por expertos y sectores como una reforma tributaria, contempla cambios importantes en el impuesto de renta para personas naturales y jurídicas, impuestos ambientales y saludables, la creación de un sistema para generar estabilidad empresarial (RUGE), modificaciones en el impuesto al patrimonio, entre otros.

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad