La reforma pensional en Colombia, al parecer, ya tiene fecha de radicación en el Congreso. El presidente Gustavo Petro ya anunció que logró un consenso dentro de su Gobierno y le apostará por un sistema de pilares. Mientras que centros de análisis proponen aumentar las semanas cotizadas para pensionarse y mantener la edad de pensión.

Publicado por: Miguel Orlando Alguero
El presidente Gustavo Petro trinó esta mañana que ya acordó un consenso dentro de su Gobierno para la reforma pensional. Entonces, ¿el texto ya está listo para radicarse en el Congreso?
Aunque el presidente Petro no dio más detalles de su reforma pensional, ya se conoció que el articulado tiene el visto bueno de su gabinete ministerial y que este sería más moderado respecto a lo que el Gobierno Petro presentó en noviembre del 2022.
En ese momento, la propuesta estipuló tres pilares:
1. El pilar solidario con una renta básica correspondiente a medio salario mínimo legal vigente y que cobijará a las personas que no alcanzan a obtener una pensión.
2. El segundo es el contributivo, para las personas que devengan hasta cuatro salarios mínimos y harán sus aportes obligatorios al régimen de prima media administrado por Colpensiones.
3. El tercer pilar, aplica para personas que tienen ingresos por encima de los cuatro salarios mínimos que hacen aportes adicionales al Régimen de Ahorro Individual de las Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías, AFP.
Según fuentes del Gobierno, se mantendrá el sistema de pilares, pero cambiará el tope máximo entre los pilares, es decir, hasta qué momento una persona cotizará en Colpensiones y hasta dónde empezará la cotización en fondos provados de pensiones.
Esta semana, Óliver Pardo, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, dijo a RCN Radio que todos los salarios por debajo de dos salarios mínimos cotizan de manera obligatoria al pilar de Colpensiones, mientras que esos salarios que estén por encima de ese tope aportarán de forma obligatoria en los fondos privados.
Ahora el país está a la espera de la radicación del proyecto de ley ante el Congreso, que sería el próximo 16 de marzo, fecha anunciada por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, también para la reforma laboral.
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¿Se subirá la edad de pensión?
Lo que se sabe hasta ahora es que Petro ya dijo de tajo que no, que no se aumentará la edad de pensión. “Primero renuncio antes de subir edad de pensión”, trinó el presidente de Colombia a principio de este año.
Sin embargo, el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana tiene otra propuesta. En un documento de análisis sobre cuál sería la reforma pensional ideal para Colombia, este centro de estudio propone mantener la edad de jubilación en 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres, así está en la actualidad en Colpensiones, pero sugiere que suban las semanas requeridas a 1.500 semanas de cotización.
Hay que recodar que en la actualidad en Colombia, el tope mínimo para pensionarse es tener 1.300 semanas cotizadas en Colpensiones y 1.150 para los fondos privados, a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Una nueva propuesta de pilares
También la semana pasada se conoció la propuesta pensional del Observatorio Fiscal de la Javeriana que también contempla un sistema de pilar como la propuesta del Gobierno Petro, pero habría cuatro pilares, detallados así:
1. Pilar 0 o Programa Adulto Mayor:
Seguiría focalizado en los más pobres, al menos en el corto plazo. Otorgará un subsidio condicionado que en principio será menor a medio salario mínimo.
Sin embargo, el objetivo de largo plazo será aproximarlo a medio salario mínimo y otorgarlo a todo quien a los 65 años no tenga una pensión.
2. Pilar 1 o Régimen de Cuentas Nocionales Individuales (Rcni):
Este pilar se basa en la cotización obligatoria de los trabajadores y sus empleadores y será administrado por Colpensiones.
En este pilar, los aportes de cada trabajador irían a una cuenta nocional. El carácter “nocional” de la cuenta se refiere a que los aportes en realidad no se invierten (ver recuadro sobre cuentas nocionales).
3. Pilar 2 o Régimen de Ahorro Obligatorio (Rao):
Este pilar se basa en la cotización de los trabajadores y sus empleadores y permite a los trabajadores ahorrar para su jubilación futura.
En este pilar, de carácter privado y contributivo, los aportes irían a una cuenta de ahorro individual (tal como en el actual Rais) o a otro tipo de ahorro para el retiro.
4. Pilar 3 o Régimen de Ahorro Voluntario:
Los trabajadores pueden elegir participar en este pilar y ahorrar para su jubilación futura a través de inversiones en instrumentos financieros, como fondos de pensiones o cuentas de ahorro individuales. La regulación del sistema quedaría a cargo de una comisión autónoma















