Negocios
Jueves 14 de marzo de 2019 - 12:00 AM

¿Fondos privados o Colpensiones?, conozca cuál le conviene más

En el Régimen de Prima Media, un afiliado recibirá como máximo un 80% de su ingreso promedio de los últimos 10 años cotizados, y en el fondo privado, el monto dependerá del capital ahorrado y la rentabilidad de sus aportes.

Compartir

Publicado por: Luisa Fernanda Ruiz Villamizar

Alcanzar la pensión es el anhelo de todo colombiano; pero más allá de eso es que al llegar a la edad pensional se consiga una buena mesada.

Sin embargo, aún existe gran desconocimiento sobre cómo cumplir con todos los requisitos exigidos para lograr la pensión.

Lo primero que debe saber es que en Colombia existen dos regímenes bajo los que se puede cotizar para pensión: régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados de Pensiones), y el Régimen de Prima Media (Colpensiones). En los dos casos, las pensiones son vitalicias.

Dependiendo del regimen al cual se encuentre afiliado, el monto de la pensión puede estar entre el 30% y el 60% de su promedio salarial; mientras que aquellos que pertenecen a Colpensiones pueden alcanzar hasta el 80% del promedio de lo cotizado en los últimos 10 años.

Es decir, si está en una fondo privado para lograr una Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, Smmlv, (a 2019 que está en $828.116) el afiliado debió haber ahorrado entre 190 a 200 millones de pesos, aproximadamente, y en caso de pertenecer a Colpensiones y cotiza sobre $1’900.000, el valor estimado de la mesada sería de $1’221.396.

Si usted siempre ha tenido sus ingresos del Smmlv y sus expectativas están seguir sobre estos ingresos, es aconsejable que esté vinculado en un fondo privado, ya que para llegar a esos capitales es completar 1.150 semanas, mientras que en Colpensiones necesita más semanas (1.300), para la misma pensión.

Depende de su caso

Cada uno son modelos distintos y afiliarse a ellos depende del caso particular del afiliado, sus aspiraciones, su estabilidad laboral, su ingreso salarial y hasta su estado civil, asegura Alejandra Téllez abogada especialista en Seguridad Social de la firma TG Consultores.

“Lo primero es que cada regimen tiene una naturaleza distinta. Para tener el derecho a la pensión, en Colpensiones se tiene en cuenta el promedio salarial con el que ha venido cotizando, un mínimo de edad y 1.300 semanas (equivalente a 26 años de cotización). Este modelo trae beneficios siempre y cuando sean afiliados que busquen tener buenos promedios salariales en los últimos años de cotización. Resulta atractivo para una persona que ha mantenido su base salarial y cotización estable”, afirma Téllez.

En el caso del fondo privado, dice Téllez, lo que determina el monto de la pensión de la vejez es la prima del capital ahorrado; esto quiere decir que este capital más los rendimientos de los aportes y si tiene el bono pensión son los que definen el valor de la pensión.

En estos casos puede pensionarse en una AFP:

1) Pensión de vejez: pago que se recibe al terminar la vida laboral. En el país está pensión es el resultado del ahorro acumulado durante la etapa productiva del afiliado –aportes más rendimientos generados-, que se deposita en una cuenta individual, a nombre de su titular. Dicho afiliado puede solicitar su pensión a cualquier edad, siempre y cuando disponga de un capital suficiente para financiar una pensión igual al 110% del salario mínimo legal vigente.

2) Pensión de invalidez: es una prestación económica que garantiza un pago mensual en caso de invalidez, es decir, cuando se pierde el 50% o más de la capacidad laboral por cualquier causa diferente de una enfermedad laboral. Se establece con base en el promedio del salario recibido durante los últimos 10 años.

3) Pensión de sobrevivencia: es el pago mensual que cubrirá a los beneficiarios de ley en caso de que el afiliado fallezca por razones distintas a accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Para estos casos, las Administradoras de Riesgos Profesionales ofrecen la cobertura.

Publicado por: Luisa Fernanda Ruiz Villamizar

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad