Fue hallado culpable el autor del feminicidio de una niña de 8 años en Girón, un crimen que estremeció a Santander y el país. se trata de Alirio Gualdrón Rojas, de 59 años.

Poco antes de las 10:00 de la mañana de este jueves 12 de junio de 2025, el Juez Primero Especializado dio inicio a la audiencia contra Alirio Gualdrón Rojas, de 59 años, procesado por la muerte de una niña de 8 años en hechos ocurridos el 1 de mayo de 2024 en Girón, Santander.
El reo, sentado frente a una pantalla en un habitáculo adecuado para la diligencia en la cárcel de Cómbita, permanecía cabizbajo, absorto en sus pensamientos, ataviado con una camiseta del Atlético Nacional, mientras escuchaba los detalles de la dura acusación leída por la Fiscalía.
La fiscal séptima especializada, Marisol Ramírez Rodríguez, quien llevó el proceso a juicio, mantuvo una línea en la que todos parecían coincidir durante aquella audiencia virtual: ante la gravedad del crimen —la menor fue hallada sin vida cerca de la abandonada estación de Metrolínea, en Girón— había que ser categóricos.
“Esta Fiscalía reafirma la contundencia de la responsabilidad penal del acusado, Alirio Gualdrón Rojas, frente a los aberrantes delitos de feminicidio agravado y desaparición forzada.
“La brutalidad de los hechos, particularmente en el contexto de la violencia de género ejercida contra una niña, K.A.C.M., sujeto de especial protección constitucional, exige una respuesta judicial categórica.
“La desaparición forzada, como acto que niega la existencia misma de la víctima y lesiona profundamente el derecho a la verdad, agrava aún más la conducta del acusado...”.
Gualdrón parecía distante. Los músculos de su rostro eran inexpresivos.
A la descarga legal de la Fiscalía se unió el Ministerio Público. Los demás intervinientes también lucían escasos de argumentos. Quizá la magnitud del crimen, así como sus detalles, eran simplemente avasalladores.
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Una hora después, el juez anunció que el fallo condenatorio sería dado a conocer en una nueva audiencia, el próximo 25 de julio, a las 10:00 de la mañana.
De seguro no habrá sorpresas. La categoría de la víctima no deja espacio para rebajas ni contemplaciones.
El artículo 104A del Código Penal, que tipifica el feminicidio, señala:
“Quien causare la muerte a una mujer por su condición de ser mujer, o por motivos de su identidad de género, o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses”.
El artículo 104B refuerza la gravedad al establecer que la pena se agrava significativamente en determinadas circunstancias.
A esto se suma el artículo 165, sobre desaparición forzada, que establece:
“El particular que someta a otra persona a privación de su libertad, cualquiera que sea la forma, seguida de su ocultamiento y de la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero, sustrayéndola del amparo de la ley...”.
Y aunque la fecha del anuncio se haya pospuesto, el juez dejó entrever que, de manera congruente con los hechos, Alirio Gualdrón Rojas no volverá jamás a caminar las calles en libertad.















