La regularización extraordinaria que abrió España puede convertirse en una puerta de alivio para muchos santandereanos que hoy viven allí en condición migratoria irregular.

Publicado por: Redacción Internacional
Para miles de colombianos y santanderanos en España, la regularización es la posibilidad de dejar de vivir con el miedo y empezar, por fin, a existir también ante el Estado. El Gobierno español aprobó el 14 de abril de 2026 una regularización extraordinaria, la publicó en el BOE el 15 de abril y abrió las solicitudes desde el 16 de abril hasta el 30 de junio. La atención presencial empezará el 20 de abril y exigirá cita previa.
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A 1 de enero de 2025, los colombianos eran la segunda nacionalidad extranjera más numerosa en España, con 676.534 personas, solo por detrás de Marruecos. Además, durante 2024 fueron la nacionalidad que más creció entre la población extranjera, con 98.057 personas más.

Pero no todos los colombianos en España entran automáticamente. La regularización está pensada para personas en situación administrativa irregular y para ciertos solicitantes de protección internacional que ya estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026 y que puedan probar al menos cinco meses continuos de permanencia en el país. También deben acreditar que no tienen antecedentes penales y que no representan una amenaza para el orden público o la salud pública.
El beneficio, sin embargo, es enorme para quien sí logra entrar. La norma permite obtener una autorización de residencia temporal por un año y habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte de España. Incluso desde el inicio de la tramitación, la persona puede quedar provisionalmente autorizada para residir y trabajar. Traducido a la vida real: pasar del rebusque al contrato, de la incertidumbre a una puerta legal, del margen a una forma de estabilidad.
Eso explica por qué esta decisión puede moverle el piso a miles de hogares colombianos. El propio decreto defiende la medida como una forma de fortalecer la Seguridad Social, mejorar la recaudación y prevenir la explotación laboral.

También hay una puerta abierta para quienes pidieron protección internacional. El decreto permite que personas que hubieran presentado o formalizado su solicitud de asilo antes del 1 de enero de 2026 puedan pedir esta autorización de residencia por arraigo, siempre que cumplan los requisitos acumulativos de edad, permanencia, documentación, ausencia de antecedentes y demás exigencias fijadas en la norma.
La otra cara de la noticia está en la prueba: hay que demostrarlo. La persona solicitante debe presentar pasaporte o documento válido, probar los cinco meses de permanencia, pagar la tasa y además cumplir al menos una condición adicional: haber trabajado o demostrar intención de trabajar, convivir con determinada unidad familiar, o acreditar una situación de vulnerabilidad.
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La regularización no promete un milagro, pero sí abre una rendija concreta en una pared que para muchos parecía sellada. A 1 de enero de 2025, el INE reportó 676.534 personas con nacionalidad colombiana en España. Ese mismo informe señala que el 10,3% de la población nacida en el extranjero en España nació en Colombia; aplicado al total oficial de 9.464.210 personas nacidas fuera de España, eso equivale a aproximadamente 974.814 personas nacidas en Colombia.

ABC para entender qué cambia
A. Antes del 1 de enero de 2026
La persona debía estar ya en España antes de esa fecha y acreditar cinco meses ininterrumpidos de permanencia antes de presentar la solicitud.
B. Beneficio real
Si la solicitud prospera, obtiene una autorización de residencia temporal por un año y puede trabajar legalmente en todo el territorio español.
C. Condiciones mínimas
Debe ser mayor de edad, estar en España al momento de solicitar, no tener una autorización vigente, presentar pasaporte o documento válido, no tener antecedentes penales y pagar la tasa.
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D. Debe cumplir una ruta adicional
Además, tiene que demostrar al menos uno de estos tres caminos: trabajo o intención de trabajar, convivencia con unidad familiar específica, o situación de vulnerabilidad acreditada.
E. El plazo corre
Las solicitudes están abiertas desde el 16 de abril y podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2026. La atención presencial empezó el 20 de abril y funciona con cita previa.














