Debido a los sobrecostos que están generando las reformas laborales por el incremento gradual en el valor de las horas extras y los días festivos; así como la disminución de la jornada laboral semanal; es necesario tener en cuenta las siguientes fechas para la elaboración de los presupuestos en propiedad horizontal: 1. El 1 de julio de 2025: Aumento del recargo por trabajo dominical y festivo en un 80%. 2. 15 de Julio de 2025: Disminución de la jornada laboral semanal a 44 horas. 3. 25 de diciembre de 2025: El horario nocturno será de las 7:00 pm a 6:00 am. 4. 1 de enero de 2025: Será el incremento del salario mínimo. 5. 1 de julio de 2026: Aumento del recargo por trabajo dominical y festivo al 90%. 6. 15 de julio de 2026: Reducción de la jornada laboral semanal a 42 horas. 7. 1 de julio de 2027: Aumento del recargo por trabajo dominical y festivo al 100%.
Esto acompañado de las licencias de maternidad y paternidad, la tercerización indebida de personal, protección de las mujeres gestantes, el debido proceso que hoy se debe realizar para un despido con justa causa, las licencias remuneradas y otras normas que contemplan este gran compendio; hacen que esta reforma deba ser conocida por todos para poder incluirla como una herramienta administrativa dentro de la propiedad horizontal y evitar sanciones e indemnizaciones por ignorancia de la misma.
Esta reforma nos obliga a: 1. Conocer la norma; haciendo hincapié en las obligaciones que tiene la persona jurídica en cuanto al personal laboral y contractual. 2. Adecuar los presupuestos en forma progresiva como lo establece la norma. 3. Incluir dentro del ambiente laboral elementos de inclusión y de control de acoso; como oportunidades para el desarrollo de la vida laboral de las personas que tenemos a cargo. 4. Elaborar procesos claros y cumplimiento del debido proceso para dar por terminado el contrato laboral. 5. Acondicionar la propiedad horizontal ante los permisos remunerados establecidos por la ley, tales como: permiso para animales de asistencia, a asistencia para citas médicas, obligaciones escolares para trabajador acudiente, diagnósticos menstruales incapacitantes; entre otras. 6. Adecuación de los horarios de trabajo y la utilización de herramientas virtuales para el manejo de la propiedad horizontal.
Es necesario entender que, ante nuevas reglas laborales, es responsabilidad de sus administradores no solo conocerlas, sino aplicarlas; ya que la ignorancia de la ley no exonera de responsabilidad a los administradores. Hoy estamos obligados convertir nuestras propiedades horizontales en lugares respetuosos y garantistas de los derechos de los trabajadores conforme a las leyes laborales actuales.












