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Sábado 27 de diciembre de 2025 - 01:00 AM

La Corte Constitucional y sus controles

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El profesor Gaona lo expresó alguna vez con una idea que hoy resulta particularmente vigente: hay circunstancias en las que los jueces constitucionales no solo deciden casos, sino que deben mostrar la dignidad del cargo que ocupan. Recordar, con sus decisiones, que el poder que ejercen existe para poner límites a otros poderes. Ese momento, claramente, ha vuelto.

El reciente decreto de estado de emergencia anunciado por el gobierno del presidente Gustavo Petro ha vuelto a poner a la Corte Constitucional en el centro del escenario político e institucional del país. Y no es porque la Corte se adentre en asuntos ajenos, sino porque el diseño constitucional colombiano la obliga a asumirlo cuando el Ejecutivo decide gobernar por la vía de excepción.

Conviene explicar, en palabras sencillas, qué es lo que está en juego. El estado de emergencia es una herramienta prevista por la Constitución para situaciones extraordinarias, sobrevinientes y graves, que no pueden ser atendidas con los mecanismos ordinarios. Durante su vigencia, el Presidente puede expedir decretos que están reservados para una ley, es decir, normas que normalmente solo podría dictar el Congreso. Es una especie de poder en blanco pero con unas particularidades temporales importantes.

Precisamente por eso, el control judicial es automático y debe ser riguroso. Cada uno de esos decretos debe ser revisado por la Corte Constitucional, que evalúa si realmente existía una emergencia, si las medidas guardan relación directa con la crisis alegada, si son necesarias, proporcionales y si respetan los derechos fundamentales. Se trata básicamente de verificar que el Ejecutivo no haya cruzado una línea que la Constitución trazó con claridad.

El problema es que, en la práctica, hemos ido trasladando a la Corte una responsabilidad que no le corresponde sola. Cuando el Congreso se debilita, el juez constitucional deja de ser una especie de árbitro excepcional y se convierte en el último muro de contención. Y la verdad es que ningún muro debería estar hecho para soportar absolutamente todo.

Por eso, más allá de simpatías o rechazos frente al gobierno de turno, este es un momento que interpela directamente a la Corte para que ejerza con serenidad y firmeza su función que no es otra que defender la Constitución. Mostrar, como decía Gaona, la dignidad del cargo sin que eso implique resolver por caprichos sino a partir de criterios de objetividad.

Otra vez, la Corte Constitucional en juego, así como los criterios de sus integrantes. Que en derecho y bajo criterios de dignidad democrática se resuelva lo que corresponda.

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