Publicado por: Editorial
la sala plena del Consejo Nacional Electoral acaba de levantar la sanción que una magistrada de esa misma institución impuso a la encuestadora Atlas Intel, lo que ha creado un hecho que, en el final de una campaña presidencial, resulta no solo insólito, sino también profundamente inconveniente, pues la primera vuelta es el 31 de mayo y los días restantes son vitales para que los ciudadanos accedan a información confiable.
Pero, además de esto, está en juego la libertad de prensa y de expresión, dos pilares de toda democracia que se respete, pues el medio de comunicación que contrató a Atlas Intel, además de instituciones como la Procuraduría y expertos en el tema, no han dudado en calificar esto como una censura que, aunque sea temporal y haya sido revertida, sienta un muy negativo precedente sobre quienes producen información electoral.
Algunos candidatos también se han sentido perjudicados por la medida ahora levantada, pues la medición permanente del pulso nacional es una herramienta fundamental para el ejercicio proselitista, y coartarla equivale a desbalancear la competencia en favor del silencio, lo que únicamente logra abrir la puerta a los rumores, las calumnias y las falsedades de todo orden.
En este sentido, la mayor responsabilidad de los organismos del Estado es proteger al elector como destinatario final de la información. El ciudadano, en tanto elector, necesita saber qué está pasando, qué tendencias se dibujan en la sociedad y qué opciones reales tienen los distintos candidatos; para eso, las encuestadoras deben ser modelos de honestidad y competencia, pero también deben poder operar sin cortapisas.
El CNE y los demás organismos con jurisdicción sobre la materia están obligados a ser transparentes y rigurosos. No pueden cambiar las reglas en el último tramo de la campaña presidencial, pues la Ley 2494 de 2025 sobre encuestas ya fija garantías electorales para todos los candidatos, y es lo que debe cumplirse. Ahora bien, si la norma requiere ajustes, estos deben hacerse, pero no en los días en que los electores están decidiendo su voto.
Los partidos y los candidatos tienen derecho a contar con mediciones serias y periódicas, por lo que nadie puede coartar la libertad de aplicar encuestas ni la libertad de informar sobre sus resultados, siempre que se respeten las disposiciones legales. Pero, en todo caso, el cumplimiento de la ley no puede servir como excusa para ahogar con sanciones preventivas a quienes trabajan en el área de las encuestas, pues cualquier movimiento que lleve a la censura es, por definición, contrario al espíritu democrático.
Todo debe girar, entonces, en torno a la defensa del ciudadano en su condición constitucional de elector. El votante tiene derecho a ser informado adecuada y oportunamente, y esa información incluye las encuestas. Por lo tanto, las empresas encargadas de hacer estas mediciones tienen la responsabilidad de ofrecer datos fidedignos, y los organismos de control deben verificar que así sea, pero sin paralizarlas en vísperas de una elección.
Todo lo que ha ocurrido en estos últimos días en el Consejo Nacional Electoral es contraproducente, en la medida en que está atacando la legitimidad del proceso electoral. Si efectivamente la ley requiere revisión, esta no puede hacerse mediante resoluciones, sino en el foro que le corresponde, es decir, el Congreso de la República, no en la última etapa de una elección presidencial, pues esto causa inseguridad jurídica y desconfianza sobre el proceso electoral y la neutralidad del CNE.
El levantamiento de la sanción a Atlas Intel es un acto de cordura, pero no borra el daño ya causado: la incertidumbre, la pérdida de días valiosos y el mensaje inquietante de que un solo magistrado puede silenciar a una encuestadora. La libertad de expresión no admite aventuras ni ocurrencias judiciales, menos a la hora en que millones de colombianos se preparan para votar.











