La elección del alcalde de Molagavita, Luis Arnulfo Ramírez López, fue demandada por un presunto caso de trashumancia electoral.
El Consejo de Estado confirmó, en un fallo de segunda instancia, la decisión del Tribunal Administrativo de Santander, que desestimó las pretensiones de una demanda que buscaba anular la elección de Luis Arnulfo Ramírez López como alcalde del municipio de Molagavita para el periodo 2024 - 2027.
En otras palabras, Ramírez López seguirá ejerciendo como mandatario local de ese municipio de la provincia de García Rovira, pues no se probó su responsabilidad en un caso de trashumancia electoral que supuestamente lo favoreció. Le sugerimos: Senado y Cámara aprobaron la reforma laboral: esto es lo que debe saber
La solicitud de nulidad fue instaurada por Roberto Ardila Cañas y Nelson Alfredo Jaimes Camacho (este último fue candidato en esas elecciones), quienes adujeron al menos 80 ciudadanos que no residen en Molagavita votaron para las elecciones de alcalde, el 29 de octubre de 2023.
Cabe recordar que en esos comicios Luis Arnulfo Ramírez López resultó electo con 1452 votos, mientras que el segundo, Nelson Alfredo Jaimes Camacho, obtuvo 1447, es decir, “solo cinco sufragios menos”, por lo que “los votos transeúntes necesariamente incidieron en el resultado de la elección”. Le sugerimos: Cambios en la demanda que busca tumbar elección del Alcalde de Piedecuesta
A pesar de las pruebas presentadas, el Tribunal Administrativo de Santander indicó que “el demandante no presentó ningún argumento técnico, objetivo y verificable que permita considerar una alternativa para calcular la incidencia de los votos trashumantes en una elección de 3.272 votos, definida por una diferencia de apenas 5 votos a favor del ganador”.
En ese contexto, la sala agregó que “no es posible determinar con certeza a quién beneficiaron los votos de 67 trashumantes (los que al final sí habrían votado en las elecciones), ya que, debido al carácter secreto del voto, es igualmente probable que hayan favorecido al demandante, al demandado o a los otros dos candidatos en contienda”.
Al respecto, el Consejo de Estado indicó que ha rechazado de manera reiterada “la aplicación de una fórmula directa que anule la elección si los votos trashumantes superan la diferencia entre el primero y el segundo candidato, dado que ello implicaría atribuir automáticamente dichos votos al candidato ganador, lo cual carece de sustento técnico”.
En esa línea de argumentación, tanto el Tribunal Administrativo de Santander como el Consejo de Estado encontraron que no había argumentos suficientes para anular la elección de Ramírez López
















