Política
Jueves 19 de febrero de 2026 - 05:08 PM

Polémica por citación a personas ciegas como jurados de votación en Santander

Un grupo de personas ciegas denuncian que tras ser citados como jurados de votación en el área metropolitana de Bucaramanga, la Registraduría les rechazó su certificado de discapacidad.

Polémica por citación a personas ciegas como jurados de votación en Santander para los comicios de marzo de 2026.
Polémica por citación a personas ciegas como jurados de votación en Santander para los comicios de marzo de 2026.

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Publicado por: John Arias

“¿Cómo la ven? Ahora quieren que los ciegos miren que no se roben los votos”, de esta forma un grupo de personas denunció, que pese a su discapacidad permanente, fueron elegidos como jurados de votación en el área metropolitana de Bucaramanga.

A través de redes sociales tres santandereanos compartieron de forma jocosa su situación de cara a las próximas elecciones legislativas del 8 de marzo. Uno de ellos es Juan David Pérez, quien lideró la selección Colombia para ciegos en los Juegos Paralímpicos de París 2024. “De la Registraduría nos ha llegado una citación de que debemos ser jurados de votación”, comentó.

Tras recibir esta notificación, Pérez aseguró que hicieron llegar a la entidad la documentación que da constancia de que son ciegos. Pero, tras presentar sus respectivos certificados, se encontraron con una traba administrativa. “Nos contestaron que debemos buscar un documento más actualizado, cuando el certificado de discapacidad no se debe actualizar, a no ser que la discapacidad haya sido modificada. En nuestro caso, somos ciegos totales, así que nunca ha sido modificada”, explicó deportista en un video ampliamente difundido en Instagram desde el pasado miércoles.

“Qué problemática la que ahora tenemos para que la Registraduría acepte que realmente somos ciegos y que no podemos ser jurados de votación. Ojalá tomen cartas en el asunto”, agregó. Lea también: El ‘Tamal’ de la abstención: Mientras usted no vota, ellos ganan

¿Por qué una persona con discapacidad es citada jurado de votación?

En diálogo con Vanguardia, Pérez explicó que es normal que la Registraduría Nacional del Estado Civil cite a personas con alguna discapacidad, ya que al momento de seleccionar a los jurados de votación los datos de la entidad no se cruzan con algún listado que contenga información de personas con necesidades especiales. “Es como una lotería, cualquiera puede salir seleccionado”.

De hecho, esta es la tercera vez que el jugador de fútbol es citado para vigilar procesos electorales. Aunque las dos veces anteriores fue exonerado sin mayores complicaciones, aseguró que en esta ocasión se le rechazó su certificado de discapacidad, que tiene fecha de 2021.

“Yo volví a descargar el certificado del SISPRO (Sistema Integrado de Información de la Protección Social en Colombia), pero no tiene ningún cambio, porque básicamente la única forma de actualizarlo es que exista alguna mejoría. En mi caso no es posible recuperar la vista que perdí desde mis 12 años. Como no hay ninguna diferencia, la ley no obliga a que exista una actualización”, relató Pérez.

El ciudadano aseguró que su denuncia no se trataba de “mamar gallo”, sino alertar sobre esta situación que, según él, padecen al menos otras cinco personas en el área metropolitana.

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¿Qué responde la Registraduría?

Tras hacerse viral el video, Juan David Pérez fue contactado por un funcionario de la Registraduría, quien lamentó lo ocurrido y le pidió que le hiciese llegar un listado de las personas que se habrían visto afectadas para revisar sus casos.

De esta manera, Pérez anunció que está a disposición para que otras personas que atraviesen por este problema puedan enviar su documentación. “En mis redes pueden compartirme su nombre, número de cédula, certificado y correo electrónico para enviar la información a la Registraduría. Para nosotros es algo preocupante, porque podría significar un desgaste al tener que desplazarnos para tratar de buscar una solución. El solo hecho de pensar que nos pueden imponer algún tipo de sanción es estresante”, subrayó.

Vanguardia tuvo acceso a un documento en el que la Registraduría Municipal de Piedecuesta presentó excusas formales por la situación y aclaró que todo “obedeció a una interpretación involuntaria e incompleta de los soportes aportados al momento de realizar la verificación previa al proceso de selección de jurados de votación”.

En su comunicación, la Registraduría Municipal de Piedecuesta reiteró su “respeto por los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna, así como por el principio de legalidad que rige el proceso de designación de jurados”.

Además, la entidad local detalló que la selección de jurados de votación se efectúa mediante un proceso automatizado y aleatorio, con base en los listados remitidos por entidades públicas y privadas. “Esta Registraduría no elabora dichos listados ni tiene competencia para excluir de forma permanente a ciudadanos que continúen siendo reportados como aptos por sus entidades empleadoras”, explicó.

Igualmente, dicha Registraduría indicó que para prevenir futuras designaciones se recomienda poner en conocimiento formal del empleador su situación médica, que para el caso de Juan David Pérez fue la Alcaldía de Piedecuesta, “solicitando la actualización de su estado para que su nombre no sea incluido en los listados de personas aptas remitidos a esta autoridad electoral”.

Finalmente, el despacho resolvió exonerar de manera inmediata como jurado de votación a Juan David Pérez para las elecciones legislativas del próximo 8 de marzo.

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¿Cómo se eligen los jurados de votación en Colombia?

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un software que permite realizar un sorteo electrónico de los jurados. Esta herramienta se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos. El sorteo se realiza en forma aleatoria para garantizar la heterogeneidad de la filiación política y así brindarle transparencia al proceso electoral.

Según el artículo 108 del Código Electoral, una de las causales de exoneración es la grave enfermedad del jurado o su conyugue, padre, madre o hijo. Para que se haga efectiva, el ciudadano debe acercarse a la oficina del Registrador del municipio y presentar una solicitud de exoneración. En este caso, la enfermedad podrá acreditarse con la presentación del certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento.

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Las elecciones legislativas(Foto: Archivo /VANGUARDIA LIBERAL)
Las elecciones legislativas(Foto: Archivo /VANGUARDIA LIBERAL)

Publicado por: John Arias

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