Política
Miércoles 08 de septiembre de 2021 - 12:00 AM

Alejandro Gaviria no estaría inhabilitado para ser candidato

Gaviria no tendría inhabilidad por no haber nacido físicamente en Colombia.

Gaviria no tendría inhabilidad por no haber nacido físicamente en Colombia. (FOTO/Colprensa)
Gaviria no tendría inhabilidad por no haber nacido físicamente en Colombia. (FOTO/Colprensa)

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Publicado por: Arley Sánchez

Luego de la inscripción de Alejandro Gaviria a la Presidencia de la República, desde algunos sectores aseguraron que el hoy precandidato estaría en inhabilidad política para aspirar a la Casa de Nariño por no haber nacido en Colombia.

Sin embargo, según expertos consultados por esta redacción, Gaviria no tendría inhabilidad, pues sí sería considerado con nacionalidad colombiana.

“Aunque Alejandro Gaviria nació en Santiago de Chile, sí se le reconoce como nacido en Colombia, y lo sostiene la Constitución Política”, señaló el abogado y politólogo Gerardo Martínez.

Según el experto, el Artículo 96 de la Constitución Política no solo acepta como colombianos a quienes nacen en el territorio nacional, sino también a aquellos que tienen padres colombianos.

Por su parte, José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional, señaló que Gaviria sí podría aspirar a la Presidencia de la República, a pesar de no haber nacido en Colombia, pues la nacionalidad de sus padres y el haberse radicado en el país luego del nacimiento, permitieron que Gaviria adquiriera la nacionalidad colombiana.

“El precandidato sí es considerado como nacido en Colombia. Sus padres se nacionalizaron en el país luego de él (Alejandro) haber nacido. Aparte, ellos tienen nacionalidad de este país”.

Otros abogados constitucionalistas consultados por Vanguardia, señalaron que solo se necesitaría tener uno de los padres con nacionalidad colombiana, para poderse considerar como “nacido en Colombia”.

Puntualmente el Artículo 96, que ampararía la candidatura de Alejandro Gaviria, señala que son nacionales colombianos quienes tengan “padre o madre colombiana o que, siendo hijos extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento”.

Además, “los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en el territorio colombiano”.

Publicado por: Arley Sánchez

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