El Tribunal Administrativo de Santander dejó en firme el fallo a una acción popular por la contaminación del Caño Rosario de Barrancabermeja y ordenó estudios ambientales y monitoreos sobre el afluente. Sin embargo, la decisión aclara que las medidas tienen carácter preventivo y no sancionatorio.

Publicado por: Lesly Adriana Cifuentes
El Tribunal Administrativo de Santander confirmó en segunda instancia el fallo de la acción popular interpuesta por la Federación de Pescadores Artesanales, Ambientalistas y Turísticos del Departamento de Santander (Fedepesan) por la presunta contaminación del caño El Rosario, en Barrancabermeja.
La decisión judicial ratificó las órdenes impartidas en primera instancia para adelantar estudios ambientales y monitoreos sobre este afluente, ante las denuncias por afectaciones a la fauna, la pesca artesanal y los ecosistemas conectados con la ciénaga San Silvestre.
La sentencia, emitida el pasado 30 de abril, resolvió los recursos de apelación presentados por la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), el Distrito de Barrancabermeja y Ecopetrol contra el fallo de primera instancia proferido en 2025 por el Juzgado Primero Administrativo Oral de Barrancabermeja.

Con la decisión, el Tribunal mantuvo la orden para que la CAS, el Distrito de Barrancabermeja, Aguas de Barrancabermeja y Ecopetrol realicen estudios fisicoquímicos, microbiológicos y de sedimentos en el caño El Rosario, con el fin de identificar los agentes contaminantes presentes en el afluente y determinar el origen de las afectaciones ambientales.
Asimismo, la corporación ordena monitoreos periódicos sobre la calidad del agua y seguimiento a la fauna íctica, además de mantener un comité de verificación encargado de vigilar el cumplimiento de las órdenes judiciales.
Pese a lo anterior, el Tribunal aclaró que las órdenes impartidas dentro del fallo no necesariamente implican responsabilidades directas sobre las entidades vinculadas al proceso, sino que buscan prevenir posibles afectaciones ambientales y proteger los derechos colectivos.
“No se exige la demostración de un daño; basta con la amenaza a los derechos e intereses colectivos”, señala la sentencia.
La corporación judicial también aclaró que las órdenes impartidas no representan una sanción contra las entidades vinculadas al proceso.
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“Las entidades destinatarias de las medidas afirmativas no necesariamente han incurrido en conductas que vulneran derechos e intereses colectivos, toda vez que dentro de su marco competencial pueden determinarse funciones relativas a la garantía y protección del derecho e interés colectivo”, indicó el Tribunal Administrativo de Santander.
Dentro del proceso, Fedepesan advirtió que el caño El Rosario conecta la ciénaga Miramar con el caño San Silvestre y atraviesa una zona cercana al complejo industrial de la Refinería de Barrancabermeja. La acción popular señala, además, que “el permanente flujo de aguas contaminadas del caño Rosario aumenta el riesgo de degradación ambiental del caño San Silvestre y, a su vez, de los ecosistemas acuáticos donde desemboca”.
El proceso judicial también recoge estudios y monitoreos ambientales que alertaron sobre la presencia de metales pesados, residuos y posibles contaminantes en este ecosistema.

“El fallo es un avance ambiental”: Credhos
Ana Katherine Vergara Otero, abogada de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos), organización que acompañó la acción popular, explicó que el Tribunal confirmó el sentido de la sentencia emitida en primera instancia, aunque modificó el alcance de algunas medidas.
“La segunda instancia confirmó la sentencia de primera instancia. Lo único que hizo fue modificar el artículo segundo, donde básicamente ya solo se interviene como tal el caño Rosario y no los demás cuerpos hídricos. Ya este es un fallo final y les toca a las entidades acatar las órdenes”, explicó.
Vergara Otero también aclaró que la acción popular inicialmente no fue presentada directamente contra Ecopetrol, sino contra entidades relacionadas con el control y la vigilancia ambiental.
“Nosotros en ningún momento accionamos directamente contra Ecopetrol. La acción popular iba dirigida a la Alcaldía, Aguas de Barrancabermeja y la CAS. Fue dentro del proceso y de las pruebas que se decidió vincular a Ecopetrol. Lo que buscamos es la protección de los derechos ambientales y recuperar el caño Rosario”, afirmó.
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Por su parte, Yuli Andrea Velásquez, presidenta de Fedepesan, aseguró que las comunidades de pescadores ven el fallo como un avance después de varios años de denuncias ambientales.
“Como comunidades de pescadores siempre hemos estado inquietos por el estado del agua del caño El Rosario, por todas las especies que han muerto allí en el lugar y también por la preocupación de todas las especies ícticas que día a día morían en grandes cantidades. Nuestra preocupación siempre fue que se pudieran realizar pruebas de agua y de lodos para saber qué era lo que estábamos consumiendo las comunidades de pescadores y la comunidad en general de Barrancabermeja”, manifestó Velásquez.
La líder agregó que esperan que los estudios ordenados por la justicia sean realizados por laboratorios certificados y con participación de las comunidades pesqueras.
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“Necesitamos laboratorios realmente reconocidos y responsables. Queremos que las comunidades de pescadores podamos tener confianza en los resultados y que esto no se convierta simplemente en algo que oculte las realidades que se viven en el caño Rosario. Todos estos últimos años hemos visto la problemática de la muerte de la fauna en este lugar y por eso exigimos estudios serios”, sostuvo.

Ecopetrol se pronuncia ante decisión del tribunal
Tras conocerse la decisión, Ecopetrol indicó que respetará el fallo y reiteró que las órdenes impartidas tienen un carácter preventivo.
“En relación con la reciente decisión de segunda instancia, es importante precisar que se ordena la realización de un estudio ambiental en el caño El Rosario a cargo de la CAS, Aguas de Barrancabermeja, el Distrito de Barrancabermeja y Ecopetrol. Esta medida se fundamenta en la naturaleza preventiva de la acción popular, así como en la aplicación del principio de precaución”, señaló la compañía.
La empresa añadió que el Tribunal dejó claro que las medidas “no tienen carácter sancionatorio ni constituyen una declaratoria de responsabilidad”, sino que buscan prevenir posibles afectaciones ambientales.
Ecopetrol informó además que está a la espera del auto de “obedézcase y cúmplase” para coordinar las acciones ordenadas junto con las demás entidades vinculadas al proceso.













