Bucaramanga
Domingo 13 de julio de 2025 - 09:18 AM

Unidad investigativa: una pierna vale $65 millones

A un trabajador que sufrió un accidente laboral fue necesario amputarle una pierna, por fallas graves de la ARL (administradora de riesgos laborales).

Unidad investigativa: una pierna vale $65 millones
Unidad investigativa: una pierna vale $65 millones

Compartir

Publicado por: Unidad Investigativa

Por Alberto Donadio

bolarqui@gmail.com

La justicia decidió el año pasado que una pierna de Javier Martínez Manosalva vale $65 millones.

 En 2003 Martínez trabajaba en Distraves, la empresa productora de pollos. Era operario de túnel de congelación cuando sufrió la fractura de tibia y peroné en pierna derecha. Suratep (hoy Seguros de Vida Suramericana), era su ARL (administradora de riesgos laborales), y por lo tanto le correspondía atender este accidente laboral.

 Debido a la fractura, Martínez desarrolló una infección ósea del pie derecho llamada osteomielitis crónica. El médico tratante, Sergio R. Gómez, ortopedista y traumatólogo, ordenó el antibiótico moxifloxacino contra la infección pero Suramericana se demoró varios meses en suministrarlo. El estado de salud del trabajador empeoró.

 Tres años después a Martínez le amputaron la pierna por debajo de la rodilla. La cirugía se realizó en 2006 pero en la rehabilitación la fisioterapeuta registró que el paciente reportaba dolor a la palpación en la zona operada. En 2007 la médica fisiatra consideró que la prótesis suministrada por Suramericana al paciente no serviría para su rehabilitación y le ordenó otra.

 La rehabilitación, que duró cinco años, no fue exitosa. El médico concluyó que la cirugía del 2006 fue defectuosa pues los nervios quedaron recogidos por debajo del muñón y por eso el paciente reportaba la hipersensibilidad que le impidió rehabilitarse.

 En 2009 Martínez demandó a Suramericana pero el pleito se demoró 15 años. Solo en 2024 el Tribunal Superior de Bucaramanga dictó la sentencia que declaró la responsabilidad de la compañía y ordenó a la aseguradora pagar la indemnización de $65 millones.

Publicidad

 Suramericana afirmó en el proceso que brindó toda la atención médico-asistencial requerida. Reconoció que la infección llevó a la amputación pero que no fue causada por la atención médica brindada por la compañía por cuanto a Martínez lo atendieron médicos de Salud Total EPS, que fue escogida por el trabajador.

 El Tribunal Superior de Bucaramanga al analizar la historia clínica señaló: “Se avista un indicio muy grave en contra de la ARL (Suramericana) ante la ausencia del fármaco moxifloxacino ordenado por el galeno”. Agregó que la aseguradora “No demostró el suministro del fármaco a Javier Martínez en momento oportuno”. La sentencia de la magistrada Claudia Yolanda Rodríguez Rodríguez señala que Suramericana incurrió en “conducta omisiva”. Indicó: “Es evidente que la dispensación tardía del antibiótico y por ende la imposibilidad de cumplir oportunamente con el tratamiento ordenado por el especialista, influyó negativamente en la osteomielitis padecida por el demandante, permitiendo que avanzara sin misericordia”.

 Para la magistrada: “La ausencia del antibiótico por dispensación inoportuna de la ARL ocasionó que el demandante perdiera un inmenso chance de salvar su pierna. Es este el daño que en este escenario se reconoce, la privación de la oportunidad de evitar que se generara el evento desfavorable (amputación de la pierna). Consecuencia de ello, se encuentra acreditada la responsabilidad civil contractual de la ARL en este punto”.

 Además la magistrada manifestó: “Es de agregar que si bien obra en el expediente el informe de control del Dr. Pedro Antonio González, ortopedista traumatólogo, quien dejó constancia en valoración de 04/09/2006 de que ´El paciente insiste en que desea la amputación de su extremidad debido a los múltiples curetajes y la infección recidivante de la tibia y el dolor ´, por lo cual solicitó el consentimiento informado y autorización para la amputación de ´tercio proximal de pierna derecha ´, procedimiento quirúrgico que tuvo lugar el 23/09/2006, no por ello se resquebraja la responsabilidad de la ARL. Véase que el consentimiento del paciente para la amputación obviamente devino de su desesperación por el dolor y la preocupación frente a una infección grave que no cedió”.

 La sentencia igualmente imputa negligencia a la aseguradora por la entrega de una prótesis de mala calidad.

 El tribunal cita este oficio de la fisiatra Sylvia Cristina Méndez Díaz dirigido en enero de 2007 a Suramericana: “La prótesis adaptada al Sr. Javier Martínez es de pésima calidad; solo basta observar la tela para adaptar el socket para ver dicha calidad. El paciente NO puede rehabilitarse con dicho artefacto ya que no le da contacto total, pistonea al caminar, es muy pesada y no tiene válvula. Planteo cambio, en la ciudad hay buena calidad en Othosantander.” La fisiatra ordenó: “Prótesis para amputación debajo de rodilla de miembro inferior derecho con las siguientes características: Socket cuadrilátero de contacto total con válvula de succión – media para muñón – funda siliconada externa. Tipo convencional con pie de sach.”

 En marzo de 2007 la misma especialista insistió: “Muñón en mal estado, con zonas de ulceración anterior. Tiene mucho dolor a palpación. Presenta la misma prótesis que ya había conceptuado en ocasión anterior, es un producto de pésima calidad y muy mal adaptado. No tiene en el momento manera de usarla sin ulcerarse”.

Publicidad

 En mayo de 2007 la fisiatra indicó: “No se le ha resuelto la situación de la prótesis, comenta que va a instaurar acción de tutela para dicho fin. Aún no le han entregado prótesis. Sin prótesis aún no puede incorporarse al trabajo.”

 En agosto de 2007 un juzgado conminó a Suramericana a entregar la prótesis pero el trabajador tuvo que presentar un incidente de desacato en 2008 y solo en agosto de ese año finalmente recibió la prótesis.

 En 2008 y 2011 la fisiatra intervino quirúrgicamente al trabajador para remodelar el muñón. En 2011 nuevamente se advirtió a Suramericana que la prótesis “no cumple las especificaciones para el tipo de paciente”.

 Solo en 2012 la fisiatra, el ortopedista y el traumatólogo coincidieron en que el paciente presentaba mejoría en el muñón y pronóstico de rehabilitación favorable.

Publicidad

 La sentencia precisó que por ley la ARL (la administradora de riesgos laborales), es decir, Suramericana, está obligada a prestar el servicio médico por conducto de la EPS respectiva al trabajador que sufre un accidente laboral o padece una enfermedad profesional.

 La indemnización de $65 millones decretada a favor del trabajador equivale a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El abogado del demandante pedía 600 SMLMV, equivalentes a $780 millones.

 La sentencia también la firman Mery Esmeralda Agón Amado y Carlos Giovanny Ulloa Ulloa, magistrados del Tribunal Superior de Bucaramanga.

Publicado por: Unidad Investigativa

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad