Colombia
Jueves 09 de mayo de 2024 - 09:13 AM

Las razones de la Corte Constitucional para ‘tumbar’ el Ministerio de la Igualdad

De forma sorpresiva, la Corte Constitucional resolvió ‘tumbar’ el Ministerio de la Igualdad que está bajo el liderazgo de la vicepresidenta Francia Márquez. ¿Cuáles fueron los argumentos del alto tribunal?

La sala plena de la Corte Constitucional resolvió tumbar el Ministerio de la Igualdad, toda vez que el proyecto de ley que se tramitó en el Congreso de la República no presentó impacto fiscal. Foto: MinIgualdad/VANGUARDIA
La sala plena de la Corte Constitucional resolvió tumbar el Ministerio de la Igualdad, toda vez que el proyecto de ley que se tramitó en el Congreso de la República no presentó impacto fiscal. Foto: MinIgualdad/VANGUARDIA

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Con una ejecución presupuestal no superior al 1 %, la Corte Constitucional le dio un duro golpe al Ministerio de la Igualdad, de la vicepresidenta Francia Márquez, toda vez que lo tumbó y lo declaró inconstitucional al poco tiempo de haber sido creado.

La decisión del alto tribunal tuvo ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, quien consideró que hubo vicios en el trámite Legislativo de la iniciativa y se saltaron procesos necesarios para que la nueva cartera tuviera vigencia más allá de 2026, cuando se deberá acabar, según la primera decisión.

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“El Congreso de la República incurrió en un vicio de procedimiento insubsanable: no llevó a cabo el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, conforme a las exigencias previstas en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003″, puntualizó la Corte Constitucional en su reciente decisión.

Senadora Paloma Valencia. Foto: archivo Colprensa
Senadora Paloma Valencia. Foto: archivo Colprensa

Justamente, el impacto fiscal fue el principal argumento que tuvo la magistrada Meneses en su ponencia para pedir que se hundiera la creación del Ministerio de la Igualdad, que fue demandada por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia.

“Se violó el Artículo 151 de la Constitución, según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez”, afirmó el alto tribunal.

Además: Corte Constitucional tumbó la creación del Ministerio de Igualdad

Si bien es cierto que la corte resolvió tumbar el Ministerio de la Igualdad, que solo ha tenido una ejecución presupuestal del 0,36 %, la cartera que lidera Francia Márquez estará vigente hasta el 2026 cuando, si no hay otra decisión de fondo, deberá acabarse.

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Con esta decisión de la Corte Constitucional, si el Gobierno Nacional quiere mantener el Ministerio de la Igualdad, deberá presentar otro proyecto de ley que sí incluya el impacto fiscal que tendría la cartera ministerial que hasta el momento ha sido liderada por la vicepresidenta Francia Márquez.

“Hemos ganado la demanda. El Ministerio de la Igualdad, como he señalado anteriormente, era pura burocracia: con un presupuesto de 1,4 billones de pesos, 900.000 millones se destinaban a cargos. La ejecución de esta cartera es la más baja del Gobierno por debajo del 2%”, afirmó la senadora Paloma Valencia, quien demandó la creación del Ministerio.

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