Colombia
Lunes 21 de septiembre de 2026 - 04:33 PM

Persecución contra personas LGBTIQ+: qué significa la imputación de la JEP en el Caso 05

La JEP imputó a cinco excomandantes de las Farc crímenes de guerra y de lesa humanidad por violencia sexual y otras violencias basadas en género en el norte del Cauca y el sur del Valle. La decisión incluye la persecución contra personas LGBTIQ+ y recoge 68 hechos contra 35 víctimas.

Miles de personas participaron en la tradicional Marcha del Orgullo LGBTIQ+, que recorrió el centro de la capital para visibilizar la diversidad sexual y de género, y reivindicar la igualdad de derechos, la inclusión y la no discriminación. (Colprensa - Catalina Olaya).
Miles de personas participaron en la tradicional Marcha del Orgullo LGBTIQ+, que recorrió el centro de la capital para visibilizar la diversidad sexual y de género, y reivindicar la igualdad de derechos, la inclusión y la no discriminación. (Colprensa - Catalina Olaya).

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Publicado por: Redacción Colombia

El 9 de marzo de 2021, Caribe Afirmativo presentó ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) las denuncias de cinco personas LGBTIQ+ del norte del Cauca. El informe, titulado Aquí nadie pidió la guerra, documentó amenazas, desplazamientos, torturas y violencia sexual relacionados con sus orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género. La organización recogió los casos con el Colectivo Viraje, en un trabajo realizado en parte durante la pandemia.

Caribe Afirmativo también pidió que las cinco personas fueran acreditadas como víctimas en el Caso 05, que investiga el conflicto armado en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca. La JEP aceptó la solicitud mediante el Auto 066 de 2021. Con esa decisión, pudieron participar en el proceso, mientras la jurisdicción avanzaba en el análisis de la persecución contra personas LGBTIQ+.

Más de cinco años después, el 21 de septiembre de 2026, la Sala de Reconocimiento imputó a cinco excomandantes de las Farc crímenes de guerra y de lesa humanidad por violencia sexual y otras violencias basadas en género. La decisión incluyó la persecución por motivos de género contra personas LGBTIQ+.

Para Caribe Afirmativo, la imputación representa un avance en el reconocimiento de los daños sufridos por las víctimas. La organización destacó los años dedicados a documentar las denuncias, participar en diligencias y solicitar pruebas.La investigación territorial comenzó el 8 de noviembre de 2018, cuando la JEP abrió el Caso 05. El expediente comprende hechos atribuidos a integrantes de las Farc y de la fuerza pública entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre de 2016. En marzo de 2019, la jurisdicción amplió la investigación a otros municipios del Cauca y del Valle del Cauca.

Imagen para ilustrar comunidad LGBTIQ+. // (Colprensa - Lina Gasca)
Imagen para ilustrar comunidad LGBTIQ+. // (Colprensa - Lina Gasca)

Las denuncias de las personas LGBTIQ+ permitieron examinar por qué los actores armados las atacaron, qué prejuicios motivaron esas agresiones y cómo la violencia afectó sus posibilidades de permanecer en sus comunidades.

Según Caribe Afirmativo, la solicitud de acreditación recogió hechos de persecución, amenazas, tortura, secuestro, violencia sexual, desplazamiento forzado y tentativa de homicidio en Miranda, Toribío, Caloto, Buenos Aires, Santander de Quilichao, Padilla y Villa Rica. El reconocimiento como víctimas les permitió intervenir en las actuaciones; la investigación debía establecer los hechos y las responsabilidades.

Las organizaciones representantes solicitaron pruebas para conocer los daños sobre las personas afectadas y sus comunidades. Caribe Afirmativo señaló que, durante los espacios de diálogo, hubo dificultades para obtener aportes de verdad de los comparecientes.

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El 27 de abril de 2023, mediante el Auto 141, la JEP ordenó un peritaje técnico-antropológico con enfoques étnico-territorial y de género. Su objetivo era establecer las consecuencias de la violencia sexual y otras violencias basadas en género sobre mujeres, personas LGBTIQ+ y comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas.

Según la organización, la antropóloga Rita Segato participó en las discusiones metodológicas y aportó insumos junto con las organizaciones representantes. Caribe Afirmativo considera que este análisis ayudó a comprender cómo la violencia afectó de manera distinta a cada población.

Los hechos ocurrieron en el año 2020. // Archivo
Los hechos ocurrieron en el año 2020. // Archivo

La imputación anunciada en septiembre abarca 68 hechos contra 35 personas: 30 civiles y cinco integrantes de las antiguas Farc. Los casos se concentraron en Florida, Miranda, Corinto, Toribío, Jambaló, Caldono y Santander de Quilichao. Estas cifras corresponden al conjunto de víctimas y conductas incluidas en la decisión.

Los cinco excomandantes son conocidos como “Calixto”, “Ricardo” o “El Pija”, “Jaime Barragán”, “Monín” y “Leonel Páez”. Pertenecieron a las comandancias del Frente Sexto y de las columnas móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis. La Sala les atribuyó responsabilidad de mando por no prevenir, investigar ni sancionar crímenes cometidos por sus subordinados.

Según los hallazgos divulgados, estas violencias formaron parte de un patrón relacionado con la disputa por el control social y territorial. La investigación examinó tanto las agresiones contra civiles como las cometidas dentro de las filas guerrilleras. Allí, mujeres y niñas fueron sometidas a violencia sexual, anticoncepción y abortos forzados.

La decisión incluye los crímenes de lesa humanidad de violación, otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y persecución por motivos de género. También comprende los crímenes de guerra de violación, tortura y ultrajes contra la dignidad personal. La Sala calificó los abortos forzados como tortura y la anticoncepción forzada como ultrajes contra la dignidad personal. Las conductas y formas de responsabilidad atribuidas varían entre los comparecientes.

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La persecución por motivos de género permite investigar cómo los prejuicios determinaron los ataques contra las personas LGBTIQ+. El Estatuto de Roma define la persecución como una privación grave e intencional de derechos por la identidad de un grupo o colectividad. Para que constituya un crimen de lesa humanidad deben cumplirse otros requisitos, entre ellos que forme parte de un ataque generalizado o sistemático contra población civil y que exista conocimiento de ese ataque.

Las consecuencias documentadas afectaron la salud, las relaciones familiares y la participación comunitaria. Las víctimas sufrieron miedo, depresión, aislamiento y daños físicos y reproductivos. También perdieron oportunidades educativas y laborales y enfrentaron dificultades para ejercer sus liderazgos. Algunas recibieron nuevas amenazas, tuvieron que desplazarse o fueron revictimizadas al acudir a las instituciones.

“Las que no volvieron”: el largo camino hacia una búsqueda digna de las personas Lgbtiq+ desaparecidas en Santander
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Esta es la tercera imputación del Caso 05 y la primera del expediente centrada en violencia sexual y otras violencias basadas en género. Existen antecedentes de persecución por razones de género en otros procesos de la JEP. En julio de 2022, Caribe Afirmativo destacó una imputación en el Caso 03, subcaso Casanare, que incluyó la victimización de un hombre gay.

La nueva imputación aún debe avanzar hacia una sentencia. Caribe Afirmativo espera que el proceso conduzca a una sanción propia restaurativa que reconozca los daños y responda a las necesidades de las víctimas.

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Para acceder a ese tipo de sanción, los comparecientes deben, entre otros requisitos, aportar verdad plena y reconocer su responsabilidad ante la Sala. Las sanciones propias combinan trabajos, obras o actividades reparadoras con restricciones efectivas de derechos y libertades. Para quienes tuvieron una participación determinante en los crímenes más graves, su duración puede ser de cinco a ocho años, según lo decida el Tribunal para la Paz.

Caribe Afirmativo anunció que seguirá representando a las cinco personas acreditadas en 2021. Tras la imputación, su acompañamiento continuará en las siguientes etapas del proceso, en las que deberán definirse las responsabilidades y las sanciones, así como las medidas para reparar los daños.

Publicado por: Redacción Colombia

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