La entidad explicó que los agentes de tránsito no pueden sancionar a los conductores únicamente porque falten productos dentro del botiquín de primeros auxilios o algunos estén vencidos. Sin embargo, llevar el equipo de carretera sigue siendo obligatorio.

Publicado por: Redacción Vanguardia
Una situación que suele generar dudas entre los conductores durante los controles de tránsito en Colombia es el estado del botiquín de primeros auxilios que deben llevar en sus vehículos. ¿Qué ocurre si una gasa está vencida o falta alguno de los productos? ¿Un agente puede imponer un comparendo por esta razón?
El Ministerio de Transporte aclaró el alcance de la normativa y explicó que no existe una disposición que permita sancionar a los conductores únicamente por tener productos vencidos o faltantes dentro del botiquín.
La precisión resulta importante para quienes circulan por las carreteras del país, pues permite diferenciar entre la obligación de portar el equipo de prevención y seguridad y las condiciones de los productos que se encuentran en su interior.
Sin embargo, esto no significa que los conductores puedan movilizarse sin el botiquín o sin los demás elementos exigidos por el Código Nacional de Tránsito.
¿Por qué no pueden multarlo por el contenido del botiquín?
El artículo 30 de la Ley 769 de 2002 establece los elementos mínimos que deben llevar los vehículos como parte del equipo de prevención y seguridad, conocido popularmente como kit de carretera.
Entre estos se encuentra el botiquín de primeros auxilios, cuyo propósito es permitir una atención inicial ante una emergencia.
No obstante, la normativa no establece una lista específica de los productos que deben estar dentro del botiquín ni determina las fechas de vencimiento de sus componentes como una condición sancionable.
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Por esta razón, el Ministerio de Transporte precisó que no existe una infracción específica por llevar vencidos o incompletos los productos de este elemento de seguridad.
Esto significa que un conductor no debería recibir un comparendo únicamente porque una gasa, una venda u otro producto de primeros auxilios haya superado su fecha de vencimiento.
La aclaración tampoco debe interpretarse como una autorización para llevar un botiquín en malas condiciones. Aunque no exista una multa específica por el vencimiento de sus componentes, mantenerlos en buen estado puede ser fundamental ante una emergencia.

¿Cuáles son los elementos obligatorios del kit de carretera?
El Código Nacional de Tránsito establece que los vehículos deben contar con un equipo mínimo de prevención y seguridad.
De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 769 de 2002, los elementos exigidos son:
- Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
- Una cruceta.
- Dos señales reflectivas de carretera o lámparas de señalización amarilla intermitente.
- Un botiquín de primeros auxilios.
- Un extintor
- Dos tacos para bloquear el vehículo.
- Una caja de herramientas básica que incluya alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
- Una llanta de repuesto.
- Una linterna.
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Estos elementos buscan facilitar la atención de situaciones imprevistas, como una falla mecánica o una emergencia durante un desplazamiento.
Por lo tanto, la aclaración sobre el contenido del botiquín no elimina la obligación de portar el equipo de carretera exigible al vehículo. Lee: Esté preparado: arme su botiquín para las vacaciones de fin de año

¿Qué hacer si un agente de tránsito le impone un comparendo?
El Ministerio de Transporte también explicó qué puede hacer un ciudadano si recibe una orden de comparendo por llevar vencido o incompleto alguno de los productos del botiquín.
En estos casos, el conductor puede acudir al procedimiento contravencional correspondiente para ejercer su derecho a la defensa y presentar los argumentos que considere necesarios.
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Es importante tener presente que una orden de comparendo no equivale automáticamente a una sanción definitiva, pues el ciudadano tiene derecho a controvertir la presunta infracción ante la autoridad competente.
La entidad señaló que las disposiciones de tránsito no contemplan como conducta sancionable el vencimiento de los productos que conforman el botiquín.
Por ello, si un agente impone un comparendo exclusivamente por esta circunstancia, el conductor puede solicitar que se revise la aplicación de la norma.

¿Qué deben tener en cuenta los conductores de Santander?
La aclaración también es relevante para quienes se movilizan por Bucaramanga y las diferentes carreteras de Santander, especialmente durante viajes intermunicipales o desplazamientos largos.
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Antes de salir, es recomendable verificar el estado general del vehículo y comprobar que cuenta con los elementos de prevención y seguridad que exige la legislación.
En el caso del botiquín, aunque la norma no establece una sanción específica por los productos vencidos, lo aconsejable es revisar periódicamente su contenido y reemplazar aquellos elementos que ya no se encuentren en condiciones adecuadas.
La finalidad de este equipo no es solamente cumplir un requisito durante los controles de tránsito, sino contar con herramientas que puedan resultar útiles ante un accidente o una emergencia.
La recomendación es clara, llevar el botiquín continúa siendo obligatorio, pero tener un producto vencido en su interior no constituye, por sí solo, una infracción de tránsito. Quizá te interese: Multas y comparendos en Colombia: así quedaron las tarifas en 2026
















