El robo de datos personales es uno de los delitos informáticos más usados. Expertos consideran que es necesario ser precavidos a la hora de acceder a las aplicaciones que ofrecen las nuevas tecnologías.

Publicado por: Nelly Vecino Pico
La primera vez que se utilizó el término ‘delito informático’ fue a partir del año 2001 cuando en Budapest se empezó a tratar el tema. También se le llamó ciberdelincuencia, y actualmente el nombre tiene varias derivaciones.
Hoy en día es muy común oír hablar de sexting, phishing, FaceApp, Ballena Azul, Momo, etc, y todos estos apelativos se refieren a delitos informáticos, que no solo afectan a ciudadanos de Colombia, sino del mundo.
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Hay que recordar que una vez que Donald Trump llegó a la Casa Blanca, en Estados Unidos se desató un escándalo en donde apareció la firma Cambridge Analytica, al indicar que la compañía financiada por el multimillonario Robert Mercer había trabajado con el Partido Republicano asesorando a Ted Cruz y luego a Trump en las elecciones de 2016.
Ahora, cuando se trabaja en las elecciones regionales en nuestro país, ya se empezaron a detectar empresas que están al servicio de varios candidatos para diseñar campañas fraudulentas a través de las redes sociales, un delito que es conocido como defraudación al elector.
La protección de datos
Felipe Sánchez Iregui, Abogado Especialista en Redes Sociales y Responsabilidad Legal en Periodismo, manifiesta que desde el año 2008 empezó una gran revolución de la protección de datos y muchos de estos delitos que se cometen (delitos informáticos) tienen que ver con la protección de datos y en Código Penal en 2009 se crea por primera vez un capítulo completo con base en la Ley 1273 encaminada a la protección de la información y los datos.
Según Sánchez Iregui, en esa ley se habla de delitos como acceso abusivo a un sistema informático; obstaculización ilegítima de un sistema informático; hurto por medios informáticos y semejantes, etc., y se encuentra el concepto de daño informático, en el que incurre quien destruya, borre, dañe, deteriore o altere datos informáticos y se menciona también el uso de software malicioso.
Así mismo indica que, de acuerdo con el Código Penal, quienes cometan delitos informáticos pueden pagar penas que van desde los 48 meses a los 96 meses y multas que van desde los 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Para el Especialista en Redes Sociales y Responsabilidad Legal en Periodismo, la Ley busca que cuando las personas suministren datos deben tener el conocimiento informado, es decir, que cuando en un almacén o establecimiento comercial le pidan sus datos, le deben informar con qué fin será utilizado y cualquier uso que se haga por fuera de lo que fue autorizado previamente podría quedar dentro del delito de violación de datos personales, que es el más común que se está presentando.
Además del robo de datos personales, otro delito informático que se ha vuelto común es el ‘phishing’ o ‘pesca’, que ocurre cuando hay una suplantación de un sitio web para capturar datos personales, por ejemplo, cuando llega un correo de una entidad bancaria en donde le dicen que se ha extraviado su clave y lo que están haciendo es capturar la información para ingresar a las cuentas bancarias o tarjetas de crédito de la posible víctima.
Juegos inofensivos
Los tradicionales juegos de la Ballena Azul, Momo, o incluso la FaceApp de envejecimiento que fue muy común en los últimos meses, de acuerdo con expertos, constituyen programas encaminados al robo de datos personales.
Blanca Parra, Investigadora de Tecnologías Emergentes de la Universidad Piloto de Colombia, señala que otro delito informático que se está dando mucho en niños y jóvenes, especialmente, es el “grooming”, que es una técnica donde los adultos se hacen pasar por niños para generar confianza; crean un perfil falso y comienzan a buscar formas de conectarse y saber cuáles son los intereses de los niños, para posteriormente hacerse pasar por amigos con el propósito de apropiarse de información confidencial y luego chantajearlos.
De acuerdo con Parra, el ciber acoso o “bullying” es otra práctica entre niños y jóvenes para hacerle daño a otros niños, por medio de información que comparten en las redes sociales; también se da el “sexting” que se está usando en niños de 10 o 12 años, cuando empiezan a utilizar sus celulares para tomar fotos o videos con una connotación sexual.
Nuevos delitos
Felipe Sánchez Iregui, Abogado Especialista en Redes Sociales y Responsabilidad Legal en Periodismo, señala que en Colombia hay una cosa que es importante y es que los delitos que tiene el Código Penal abarcan todos los comportamientos, es decir, no harían falta más delitos para regular el tema de las redes, en lo que se refiere a extorsión, suicidio, violencia, etc.; sin embargo, destaca que hay un proyecto de ley que fue aprobado en primera instancia en el Senado y falta la aprobación de la Cámara, que incluye dos delitos nuevos, uno que es el considerado sexo de venganza, que es cuando se hace una publicación de un video por venganza y ese delito no se encuadra en ningún tipo penal colombiano.
El otro delito al que se refiere el experto que no existe aún en el ordenamiento legal y que se enmarca como delito electrónico, es cuando se induce a que una persona se auto lesione, lo que corresponde al delito de inducción a la auto lesión y el ejemplo típico es el juego de la Ballena Azul en donde se reta a los menores de edad a hacerse daño a sí mismos.
















