Las mujeres que no alcancen a completar las semanas requeridas para pensionarse podrán descontar 50 semanas por cada hijo.

Con la reforma pensional ya aprobada, hay que mirar con lupa cuáles son los cambios que vendrán para el sistema y cómo estos van a afectar a los trabajadores. En este caso, los cambios para las mujeres trabajadoras con hijos.
Uno de los cambios importantes con la iniciativa legislativa es el relacionado con el beneficio que está contemplado en el artículo 36, el cual hace referencia a las mujeres con hijos.
De acuerdo con la reforma pensional, las mujeres que no alcancen a completar las semanas requeridas para pensionarse podrán descontar 50 semanas por cada hijo que tengan. Esto hasta un máximo de tres hijos, es decir, una reducción de 150 semanas.
De acuerdo con Julio César Ferreira, docente de derecho e integrante del Consultorio Jurídico del Politécnico Grancolombiano, la reforma pensional trae un importante enfoque de género que beneficia notoriamente a las mujeres. Le puede interesar: ¿Es verdad que me puedo pensionar anticipadamente con 1.000 semanas?
Lo primero que hay que entender es que reduce las semanas de cotización de 1.300 a 1.000 semanas para obtener la pensión, lo que se hará gradualmente desde el 1 de enero de 2025 hasta el año 2036. Es decir, esta reducción se realizará periódicamente, es decir, 25 semanas cada año.
Este cambio cumple con lo ordenado por la Corte Constitucional de reducir las semanas de cotización requeridas por las mujeres, explica Ferreira.
Solo el 13% de las mujeres en Colombia logra las semanas de cotización requeridas para pensionarse a los 57 años, mientras que el 25% de los hombres lo logran a los 62.
Agrega que el otro beneficio para ellas está dirigido a aquellas que cumplan 57 años y no alcancen a tener las semanas mínimas para la pensión. Ellas podrán descontar 50 semanas en su historia laboral por cada hijo. Es importante tener en cuenta que se descontará hasta un máximo de tres hijos (150 semanas). Le sugerimos: Con la nueva reforma pensional, ¿quiénes podrán reclamar el auxilio funerario de Colpensiones?
Además, las mujeres con ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo legal vigente o que no cuenten con una vinculación laboral, tendrán la posibilidad de realizar aportes solo a la pensión sin realizar el aporte obligatorio en salud, precisa el docente.
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¿Qué se debe tener en cuenta para entrar en el régimen de transición?
De acuerdo con el docente de derecho e integrante del Consultorio Jurídico del Politécnico Grancolombiano, como toda normatividad en estos temas, trae un régimen de transición que hace referencia a unos beneficios para aquellas personas que ya están más cerca de alcanzar el beneficio pensional.
En este caso, explica Ferreira, el régimen de transición señala que las mujeres que acrediten 750 semanas y los hombres que acrediten 900 semanas a la fecha de entrada en vigencia de la norma, que será el 1 de julio del 2025, continuarán en el régimen anterior y no aplicará esta nueva reforma. En este sentido, estas personas permanecerán bajo las condiciones del régimen pensional actual (regido por la ley 100 de 1993). Lea también: Si cotizó a pensión en el exterior, puede aplicar al régimen de transición de nueva ley pensional
Además, quienes acrediten superar las 750 semanas para las mujeres y las 900 semanas para los hombres, deberán seguir realizando sus aportes como lo vienen haciendo (ya sea en Colpensiones o en una administradora privada).
En el caso de que sea un trabajador independiente, podrá seguir realizando sus aportes en el operador de información que utiliza; y si es empleado, el empleador podrá seguir realizando los pagos como los viene realizando.
Y cuando estén a 12 años de la edad de pensión prevista en la Ley 100 de 1993 (es decir, a los 50 años para hombres y 45 para las mujeres), deberán solicitar la doble asesoría para definir el régimen pensional en el que quiere cotizar los últimos doce años.
La pensión será pagada por la entidad pública o privada en el que se encuentre afiliado los últimos 12 años. Para obtener la pensión, si está en una administradora privada, debe contar con las 1150 semanas o lograr el capital necesario para una pensión del 110% de 1 salario mínimo legal vigente. Ahora bien, si está en Colpensiones, debe contar ya con las 1300 semanas, explica el experto.
Entrada al régimen de transición
Los que ya tienen cotizadas 750 semanas en el caso de las mujeres y 900 en el de los hombres. A estas personas se les continuaría aplicando la Ley 100.
















