El Senado designó al Banco de la República para que esté cargo de la administración del fondo de ahorro de pensiones.

Tres cuartas partes de la reforma pensional ya han sido aprobadas por el Senado de la República.
En la sesión más reciente quedó aprobada la proposición que le otorga al Banco de la República la facultad para administrar el fondo de ahorro de las cotizaciones de lo que sería el nuevo sistema.
Ese punto, que ya estaba concertado entre los partidos políticos, fue de los primeros que se aprobó en el reinicio de la discusión con 61 votos favorables. Ese nuevo artículo le da ‘vida’ a un comité técnico que direccionaría las inversiones y políticas del manejo del dinero.
En la propuesta de ese nuevo artículo aprobado, presentado por las senadoras Norma Hurtado y Angélica Lozano, se estima que el comité tenga los siguientes integrantes: los titulares de los ministerios de Hacienda y Trabajo; el director del Departamento de Planeación Nacional, cuatro expertos en una o varias disciplinas (gestión de inversiones, riesgos financieros) por un periodo fijo de cinco años; además el presidente de Colpensiones, quien estaría invitado con voz, pero sin voto para la toma de decisiones.
Blindar el ahorro pensional en @BancoRepublica unió al Senado.
— Angélica Lozano Correa (@AngelicaLozanoC) April 17, 2024
Artículo de consenso de todos los partidos. #ReformaPensional pic.twitter.com/2x8V3OKm7w
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Centros de pensamiento y académicos habían pedido que la gestión de los recursos esté vigilada por un comité integrado por expertos independientes. En ese sentido, coincidían en que el administrador de esos recursos tendría que estar alejado del ciclo político de turno.
Reparos sobre la constitucionalidad
Recientemente, el abogado Andrés Felipe Izquierdo, abogado y gerente general de Integral Soluciones Pensionales, cuestionó sobre la posible inconstitucionalidad de que el Banco de la República administre los fondos. Esto debido a un posible conflicto de intereses con la misión central del Emisor.
“Sugiero elevar consultas a la Corte Constitucional o exmagistrados frente a la eventual constitucionalidad de la administración del fondo de ahorro por parte del banco central, pues me temo que podría ser declarado inexequible por la Corte”, dijo el abogado Izquierdo.
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En su evaluación sobre esta iniciativa, el abogado señaló que entre las funciones que tiene el Banco de la República no está la del manejo de activos.
“La propuesta es inconstitucional, pues el mandato del Banco Central está dado por artículos 371, 372 y 373 de la C.P y allí no se evidencian funciones de asset management (gestión de activos) al banco (y no podría reformarse vía proyecto ordinario, sino Acto legislativo)”, precisó el abogado experto.
Más artículos aprobados
Otro de los artículos aprobados fue la conformación de la junta directiva de Colpensiones. Según lo concertado serán siete las personas que integrarán la junta de esa entidad.
Colpensiones será clave para esta reforma pues según lo aprobado en plenaria, en ese fondo se harán todas las cotizaciones de hasta 2.3 salarios mínimos mensuales, razón por la cual, manejara la información de millones de usuarios.
Uno de los miembros principales será el Ministro del Trabajo, quien podrá delegar su participación; el segundo integrante será el jefe de la cartera de Hacienda y Crédito Público
Además, el articulado plantea que existan tres miembros independientes para un periodo fijo de cuatro años. Esas personas serán designadas por el Presidente de la República.
Finalmente, este artículo dejó en firme que haya un representante de pensionados y otro por parte de los trabajadores activos.
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