La detención domiciliaria a un presunto homicida en Bucaramanga desató críticas al compararla con la reclusión de Epa Colombia en Bogotá.

Publicado por: Redacción Tendencias
La reciente medida de detención domiciliaria otorgada a Anderson Navas Jaimes, presunto responsable del crimen del ingeniero John Jairo Gamboa Ojeda en Bucaramanga, ha generado una ola de indignación en redes sociales.
Usuarios, especialmente seguidores de la empresaria e influencer Daneidy Barrera, más conocida como Epa Colombia, han cuestionado la coherencia del sistema judicial colombiano al contrastar este beneficio con la situación jurídica que enfrenta la joven emprendedora, recluida en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá. Lea también: Hija de Epa Colombia celebró su primer cumpleaños en la cárcel
Jhon Gamboa: el caso que sacudió a Bucaramanga
En la madrugada del pasado lunes 12 de mayo, el bullicio nocturno del sector Cuadra Play, reconocido por su vida nocturna, se tiñó de tragedia. Alrededor de la 1:40 a.m., cuando faltaban apenas 20 minutos para el cierre de los establecimientos, una pelea terminó en la muerte del ingeniero John Jairo Gamboa.
Los registros de cámaras de seguridad, que rápidamente se viralizaron en redes sociales y ya están en poder de las autoridades, muestran cómo tres hombres atacan brutalmente a Jhon Jairo Gamboa hasta hacerlo colapsar en el andén.
La confrontación, según las primeras versiones, habría comenzado entre la víctima y un hombre vestido de negro, luego identificado como Anderson Navas Jaimes. Fue este quien terminó capturado por la Policía y a quien la Fiscalía imputó el delito de homicidio preterintencional agravado.
Hasta el momento, Anderson Navas Jaimes es la única persona formalmente vinculada al caso. No obstante, las investigaciones siguen en curso. Le puede interesar: Homicidio en Cuadra Play: ¿En qué van las audiencias del capturado por la muerte de Jhon Gamboa?

La decisión que desató el debate
Este miércoles 15 de mayo, al término de la audiencia de imputación, el Juzgado Séptimo Penal con Funciones de Control de Garantías de Bucaramanga decidió imponerle a Anderson Navas una medida de detención domiciliaria. El argumento principal de la defensa fue que el acusado tiene arraigo en la ciudad, no cuenta con antecedentes judiciales y, según su abogado, no representa un peligro para la sociedad.
La resolución judicial tomó por sorpresa a muchos ciudadanos, en especial a quienes han seguido de cerca el proceso penal de Epa Colombia, quien fue detenida el pasado 27 de enero por el Cuerpo Técnico de Investigación, y desde entonces permanece privada de la libertad en una cárcel de máxima seguridad.
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El contraste con el caso de Epa Colombia
Daneidy Barrera, condenada a cinco años, tres meses y 15 días de prisión por delitos cometidos durante las protestas del Paro Nacional en 2019, solicitó recientemente la sustitución de su reclusión intramural por detención domiciliaria, solicitud que fue negada por el juzgado de ejecución de penas.
Su caso, además, fue revisado en tercera instancia por la Corte Suprema de Justicia, que ratificó la pena por daño en bien ajeno agravado, perturbación del transporte público colectivo e instigación a delinquir con fines terroristas. Además: Estado de salud de Epa Colombia preocupa: su abogado revela que “está delicada”
Las imágenes que compartió en sus propias redes sociales, donde se le ve destruyendo una estación de TransMilenio, fueron clave en el juicio en su contra. Aunque ha manifestado públicamente su arrepentimiento, su buena conducta en prisión y su deseo de recomponer su vida, el sistema judicial no le concedió ningún beneficio.
“Mientras tanto, la Epa Colombia que no mató a nadie y que pagó por lo que dañó, y que además tiene una hija como madre soltera. ¿Ella sí es un peligro para la sociedad? ¡Ay, mi Colombia querida, qué será de ti?”, escribió una usuaria en Facebook.
Otro comentario que resume la sensación de injusticia dice: “A Epa Colombia por partir unos vidrios le negaron la casa por cárcel; este, que es un asesino, lo dejan libre. La ley colombiana es un chiste”.















