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Domingo 19 de octubre de 2025 - 01:00 AM

¿Protesta legítima o bloqueos ilegales?

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Es inaceptable que se haya vuelto costumbre en Colombia acudir a los bloqueos y a las vías de hecho como instrumento de presión -con el pretexto de reclamar un supuesto derecho de los protagonistas de éstos- que, amparados en el derecho a la protesta, traspasan sus límites legítimos y se convierten en atropellos a los derechos fundamentales de los demás.

Se ha vuelto un mecanismo de chantaje de quienes se sienten protegidos por un marco legal débil y confuso, y validados por una inacción del gobierno que pareciera premeditada y deliberada.

Para entender la magnitud del problema, basta con verificar las cifras presentadas por Colfecar: en el año 2024 se produjeron 800 bloqueos (¡MÁS DE 2 DIARIOS!). Y en lo corrido de este año, entre enero y septiembre, van acumulados 700, generando billonarias pérdidas.

El derecho a la protesta existe en Colombia, pero éste no es absoluto ni puede ejercerse transgrediendo derechos ajenos. Hay normas que delimitan su ejercicio, como la Ley de Seguridad Ciudadana (ley 2197 de 2022) y el Código Nacional de Seguridad y Convivencia (Ley 1801 de 2016). Es deber del gobierno nacional y de las autoridades locales, como primeras autoridades de Policía, hacer cumplir la Ley y garantizar los derechos de los ciudadanos.

Ninguna disposición constitucional ni convenio internacional reconoce algo semejante a un derecho humano a bloquear la libre circulación como forma legítima de protesta. Lo que sí está reconocido es el derecho a manifestarse sin armas, expresarse y reunirse pacíficamente. Impedir arbitrariamente la movilidad de otros, violenta varios derechos fundamentales, como lo son los de la libre circulación, el trabajo, el aprendizaje y el acceso a la salud, llegando incluso a vulnerar el derecho a la vida misma.

En ese sentido, es preocupante y confuso el comunicado emitido por la oficina de Derechos Humanos de la ONU que, incurriendo en una ambigüedad peligrosa, reclama unas supuestas garantías a la protesta que podrían interpretarse como respaldo a bloqueos que lesionan derechos de terceros. Se le podría reclamar a la ONU claridad a la hora de distinguir entre el derecho legítimo de manifestación y el abuso que estorba el funcionamiento mínimo de la sociedad. De lo contrario, se corre el riesgo de fomentar la anarquía y favorecer a quienes, invocando “justicia social”, generan caos y se nutren de él.

Como lo dice nuestro escudo: “Libertad y Orden”. “Libertad” que asegure la posibilidad de los ciudadanos a expresarse libremente, manifestarse y protestar si sienten que sus derechos están siendo vulnerados. Pero también “Orden”, que proteja y garantice los derechos fundamentales de todos los demás ciudadanos.

En una democracia seria, no todo vale bajo el pretexto de la indignación colectiva.

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