Según decretos del gobierno el salario mínimo legal mensual que regirá en Colombia para el año 2026 será de $1.750.905 y el auxilio de transporte de $249.095, lo cual da un total de $2.000.000, antes de descuentos, para un incremento real del 23.19%.
Además, el empleador deberá provisionar mensualmente: el 8.333% de esa base $166.660 por concepto de cesantías; la misma cantidad por prima de servicios $166.660, el 1% por intereses a las cesantías $20.000, y del solo salario un estimado de 5%, $87.545 para zapatos y vestidos de labor y $73.013 por vacaciones correspondiente al 4.17%; para un acumulado de $513.878.
De parafiscalidad el empleador deberá disponer el 4% del solo salario para la caja de compensación, es decir, $70.036 elevando el acumulado a $583.914.

Así mismo los empleadores deberán cancelar por pensión el 12% del solo salario, $210.109, un 8.5% por salud, $148.827 cuando aplique, y un porcentaje por riesgos laborales dependiendo de la actividad, que para este caso lo calculamos en una media del 3%, $52.527 para un subtotal de $411.463 subiendo el acumulado a $2.995.377 por el empleador.
Respecto del trabajador, se le deberá descontar por pensión el 4% del solo salario, $70.036 y el 4% por salud, $70.036 para un total de $140.072 debiendo recibir mensualmente, trabajando, en jornada ordinaria máxima diurna, $1.610.833 por salario y $249.095 por auxilio de transporte para un total de $1.859.928 salvo otras circunstancias.
Por un día de trabajo ordinario diurno se le debe pagar al trabajador $58.364, más transporte $8.303, es decir $66.667, pero al empleador le costará $99.845.

Por una hora ordinaria diurna se paga $7.959 y costará realmente al empleador $13.615; por una ordinaria nocturna $10.745 y costará $18.380; una extra ordinaria nocturna $13.928 y costará $23.827 y una extra diurna $9.949 y costará al empleador $17.019.
Por el trabajo en un día de descanso obligatorio deberá cancelarse $105.054 y le costará al empleador $179.720 debiéndose dar, adicionalmente, un día de descanso remunerado.
El salario mínimo integral será de $22.761.765 debiendo cotizar a pensión, salud y parafiscales por $15.933.236 cancelando aparte las vacaciones respectivas.
En cuanto a los salarios diferentes al mínimo, deberán incrementarse al menos en el índice de inflación, devolviendo el valor adquisitivo que tenían al 1º de enero de 2025; lo mismo ocurre con el salario integral distinto al mínimo.
Así, el salario mínimo real anual para el empleador sería de $35.944.044 y el integral será de $273.141.180, incluidas las vacaciones, más los aportes.
Los costos de las horas deberán recalcularse a partir del 1 de julio, cuando la jornada pase a 42 semanales y el trabajo en día de descanso obligatorio pase al 90%.











