La Corte Constitucional tiene hoy en sus manos una de las decisiones más trascendentales para el futuro inmediato del país: el control del Decreto 1390 de 2025. Mediante este, el Gobierno Nacional declaró una Emergencia Económica en todo el territorio, activando un superpoder que le permite legislar por decreto, saltándose el debate habitual en el Congreso.
Afortunadamente, Colombia cuenta con una Corte que ha trazado una línea roja muy clara. Para que una emergencia sea válida, no basta con que el país esté pasando por un mal momento; los hechos deben ser reales, extraordinarios y, sobre todo, sobrevinientes. Es decir, en lenguaje sencillo: la crisis debe ser algo que “cayó del cielo” de forma repentina e imprevisible, como un terremoto o una pandemia.
Sin embargo, al observar los motivos del Gobierno, surge una duda razonable. El decreto justifica la emergencia en una crisis fiscal que, según ellos, pone en jaque los servicios públicos y los derechos fundamentales. Alegan problemas con el pago de la salud (UPC), inseguridad, la falta de aprobación de leyes de financiamiento en el Congreso, deudas por subsidios eléctricos, dificultades de endeudamiento (facultad de la que ha abusado) y una caja de la Tesorería bajo mínimos.
Luego, amable lector, hagámonos la pregunta clave: ¿Son estos hechos realmente repentinos e inesperados? ¿O estamos ante problemas estructurales y crónicos? Todo indica que son el resultado de una planeación económica deficiente y de tensiones políticas que pudieron (y debieron) resolverse mediante los mecanismos ordinarios de la democracia. La emergencia no debe ser un “atajo” para cuando las cuentas no cuadran o el Congreso no obedece.
La otra pregunta que surge es ¿Qué está en juego para su bolsillo? Si la Corte llega a avalar esta emergencia, prepárese: los nuevos impuestos o reformas tributarias que el Gobierno dicte podrían regir hasta finales de 2027. Solo el Congreso o el próximo Gobierno que asuma en agosto de 2026 podrían intentar desmontarlos. Tema del que deberá reflexionar al votar en las próximas elecciones presidenciales.
Pero si la Corte la declara inconstitucional, el escenario es agridulce. Generalmente, estas sentencias rigen hacia el futuro; es decir, lo que ya se pagó en impuestos bajo el decreto no se devuelve, a menos que la Corte decida lo contrario, algo poco probable según los precedentes. Lo que explica la maroma que utilizaron para emitirlo en vacancia judicial y el tiempo que se demoran en decidir.
Al final, queda una sensación amarga. Si la Corte tumba el decreto, el Gobierno ya habría ganado políticamente: obtuvo el dinero fresco que necesitaba para su campaña, dejando el incendio fiscal y el desorden institucional como herencia para el próximo mandatario. Pero la corte lo avalará por las mayorías petristas que tiene.












