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Jueves 12 de marzo de 2026 - 01:00 AM

El país de las denuncias

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En Colombia es común creer que todo conflicto debe resolverse en un estrado judicial. Si alguien se siente incómodo, frustrado o inconforme, la respuesta inmediata suele ser una amenaza de denuncia, de querella o de queja disciplinaria.

Esta tendencia revela una visión reducida de la justicia: ante cualquier conflicto, la única respuesta parece ser iniciar un proceso. Así, conflictos que podrían resolverse mediante diálogo, mecanismos administrativos o simples acuerdos entre las partes terminan convertidos en actuaciones judiciales o disciplinarias.

En la práctica, esa cultura produce escenas cada vez más frecuentes en audiencias y diligencias. No es raro encontrar personas que, frente a una pregunta incómoda o frente a una actuación que no coincide con sus expectativas, anuncian que presentarán una queja disciplinaria contra el abogado, el fiscal o incluso contra el juez.

En ese momento, el debate probatorio deja de centrarse en los hechos del caso y empieza a girar alrededor de la advertencia de una nueva actuación judicial contra quienes participan en el proceso. La audiencia deja de ser un espacio para esclarecer y se transforma en un escenario donde cada intervención puede terminar convertida en un ultimátum de denuncia o de queja disciplinaria.

No se trata de negar la importancia de los mecanismos de control. Las quejas disciplinarias cumplen una función necesaria en la vigilancia del ejercicio profesional de abogados y funcionarios judiciales, y las denuncias o querellas penales permiten activar la investigación de conductas que realmente constituyen delito. El problema aparece cuando el derecho se convierte en la única opción jurídica, sin explorar otras alternativas.

Cuando eso ocurre, la justicia empieza a distorsionarse y a colapsar. La Fiscalía recibe conflictos que no son penales. Los organismos disciplinarios tramitan quejas que responden más a desacuerdos procesales que a faltas profesionales. Y muchos terminan enfrentando procesos incómodos que en realidad nacen de simples frustraciones.

Existe además una alternativa que suele ignorarse. El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana permite resolver muchos asuntos cotidianos mediante autoridades de policía con procedimientos más ágiles. Sin embargo, se prefiere acudir al proceso penal incluso frente a simples problemas de convivencia o frente a situaciones que pertenecen a otras áreas del derecho.

El derecho penal fue concebido como la última herramienta del orden jurídico, no como la primera reacción frente a cualquier conducta o desacuerdo. Lo mismo ocurre con los mecanismos disciplinarios, llamados a corregir faltas reales y no inconformidades pasajeras.

Conviene recordar: no todo conflicto es delito ni todo desacuerdo procesal es falta disciplinaria. Debemos tomar conciencia de las consecuencias de esta forma ligera de acudir al derecho, porque terminaremos afectados cuando el sistema judicial esté ocupado en tramitar frustraciones en lugar de resolver verdaderos problemas.

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