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Jueves 23 de julio de 2026 - 01:00 AM

Reflexiones presupuestales de julio

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Para esta segunda quincena de julio, en todas las copropiedades se debieron hacer los ajustes necesarios para el cumplimiento de las normas laborales que terminan de implementarse en este mes; y con ello se podrá analizar si los presupuestos aprobados en las asambleas ordinarias sí resultaron suficientes o hubo rubros que no se tuvieron en cuenta y hoy obligan a cubrir mediante traslados presupuestales o la consideración de convocar una nueva asamblea para ajustarlos.

Hagamos un recuento de algunas de las normas que se debieron implementar y, por tanto, impactan el presupuesto a partir de este mes en las copropiedades:

La última reducción de la jornada laboral a 42 horas de trabajo a la semana. Esta obliga, en el caso del servicio de vigilancia, a pagar conforme al incremento en las tarifas legales establecidas por la Superintendencia de Vigilancia, y para los otros servicios, como aseo o jardinería, a ajustar los horarios para respetar este límite o contratar turnos adicionales, de ser necesario. 2. El trabajo en dominicales y días festivos ahora debe ser pagado con un recargo del 90%, así que a la fecha ya se debió, o bien ajustar los horarios de servicios para evitar incurrir en estos gastos, o, de no ser posible su planeación, realizar el necesario ajuste presupuestal para poder cubrir el gasto.

Lo anterior solo por mencionar los valores necesarios en materia laboral y que tuvieron cambios significativos, pero también, pasado medio año de ejecución presupuestal, en muchas copropiedades se pudieron observar variaciones que pudieron ser ignoradas antes, como mantenimientos, implementación de medidas de seguridad, como el caso de las normas que en materia de piscinas se causaron en el primer semestre del año, o incrementos en servicios públicos que no hayan sido posibles prever.

La importancia de hacer un alto a mitad de año para analizar el presupuesto es confirmar si contamos con los recursos necesarios para cumplir tanto las normas como con los contratos suscritos, evitando con ello incurrir en incumplimientos, que conlleven al pago de intereses moratorios, cláusulas penales u otro tipo de sanciones consagradas en los contratos o la ley; así como evitar también sacrificar valores destinados a mantenimientos preventivos en medio de todos los malabares administrativos y traslados presupuestales a los que muchos administradores terminan obligados a realizar. De modo que, analizado esto, si el resultado es que se requieren más recursos de los presupuestados, se pueda actuar a tiempo, por ejemplo, citando a las asambleas requeridas para ajustar el presupuesto.

Recordemos que no se puede administrar sin recursos y que la carencia en ellos es la causa para desvalorizar los inmuebles en propiedad horizontal.

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