Los conjueces del CNE, Carlos Mario Isaza (liberal), Felipe Pérez (de Cambio Radical) y Manuel Pretelt de la Vega (conservador), tendrán que confirmar o no su decisión, 'pero pueden demorarse unas semanas más porque podrían pedir pruebas adicionales', explicó el constitucionalista Juan Carlos Lancheros.
Publicado por: votebien.com
El Abogado agregó que si los conjueces se mantienen en su decisión, esta pasaría a ser evaluada por la jurisdicción del Tribunal Contencioso Administrativo, que tendría que confirmar o suspender la determinación.
Además de declarar inválido el proceso de recolección de firmas, los conjueces del CNE también elevaron pliego de cargos contra el Comité Promotor del Referendo. Esta decisión podría terminar en sanciones económicas para los nueve promotores de la iniciativa.
No procede la tutela
La otra opción que tienen los promotores del referendo es presentar una acción de tutela argumentando que los conjueces se extralimitaron en sus funciones, al declarar la nulidad de las firmas. El tribunal que reciba la demanda tendría que resolver la tutela también en un plazo máximo de dos semanas. No obstante, según el magistrado del CNE, José Joaquín Vives, esta opción no es viable jurídicamente. En su criterio, la Reforma Política que fue aprobada en junio, 'le dio facultades de control al CNE. La pregunta que se abre y que la Corte Constitucional deberá resolver es: ¿las nuevas funciones de control del CNE podrían servir para descalificar un proceso como el de recolección de firmas?', dice. La Corte Constitucional tiene la última palabra.
PASO A PASO
El dilema de la corte
Mientras tanto, la Corte Constitucional seguirá analizando el trámite del referendo reeleccionista, que fue aprobado por el Congreso sin tener en cuenta que hacía falta el certificado que avala el proceso de financiación de la iniciativa popular.
Este tribunal podría asumir dos posturas.
1. La primera, sería desestimar la decisión de la sala de conjueces y darle la razón a quienes argumentan que los conjueces se extralimitaron en sus funciones y continuar con el análisis de la Ley sin tener en cuenta la resolución.
2. La segunda, sería acoger la decisión y aplicar la presunción de ilegalidad de la misma. Esta última opción tendría como consecuencia que la Corte Constitucional admita la existencia de un 'vicio insubsanable de procedimiento', es decir, una irregularidad que no se puede remediar, y declarar la inexequibilidad de la Ley 1359 de 2009 (la que convoca al referendo).
3. Sin embargo la decisión deberá ser valorada por el magistrado Humberto Sierra Porto, quien es el encargado de hacer la ponencia de la Corte Constitucional. Expertos aseguran que en el control de constitucionalidad de la consulta popular, Porto revisará con lupa los vicios de trámite y que es muy probable que los encuentre irremediables.
4. Como esta es una iniciativa popular, requiere también el certificado del Registrador para poderse llevar a cabo. Este es un requisito legal para que la Corte Constitucional pueda pronunciarse.
5. Pero el pronunciamiento del Registrador, al parecer, seguirá en vilo. Ante esta nueva decisión del CNE, es muy probable que el fallo de la Corte Constitucional se demore mucho más tiempo del esperado.
LA VOZ DEL EXPERTO
¿Se extralimitaron los conjueces?
Para algunos juristas, la decisión de los conjueces es inconstitucional y no afectará el trámite del referendo en la Corte Constitucional. 'El CNE cometió varios errores de procedimiento en la forma como se tomó la decisión', según lo explica Antonio José Lisarazo, ex magistrado del Consejo Nacional Electoral y abogado de Luis Guillermo Giraldo -el representante de los promotores de la iniciativa-. Lizarazo dice que lo que debió hacer el CNE fue nombrar a los conjueces para que votaran junto a los magistrados y no crear un grupo de decisión de tres personas.
No obstante, según explicó el magistrado Joaquín José Vives, los nueve magistrados del CNE cambiaron el mecanismo para evitar que las decisiones del Tribunal quedaran en vilo y nombraron tres conjueces.
Esta decisión fue una imitación de la manera como la Corte Constitucional nombra a sus conjueces.
La elección de una terna de conjueces tiene el propósito de cumplir con la norma que dice que las decisiones del CNE deben ser tomadas por la mayoría de los integrantes del tribunal. Esta mayoría está conformada por las dos terceras partes, es decir, seis de los nueve magistrados.
Más de un año duró la investigación para verificar si la financiación del proceso de recolección de firmas para convocar el referendo cumplió con los requisitos legales. En septiembre, los magistrados votaron para tomar una decisión: cinco votaron para aprobar la ponencia de Vives que incluía la elevación de cargos contra los promotores de la iniciativa porque habían razones de sobra para decir que sí se violaron los topes de la financiación y cuatro magistrados votaron contra la ponencia.
'Por eso decidimos cambiar el mecanismo y nombrar a tres conjueces elegidos al azar de listas propuestas por todos los magistrados', explicó Vives.
REACCIONES
ARMANDO BENEDETTI
Senador
'El fallo sobre la invalidez de las firmas no tiene ningún sentido y extralimita las funciones de los conjueces, porque ellos fueron elegidos por el Consejo Nacional Electoral solamente para decidir la formulación de cargos contra los organizadores del referendo'.
LUIS GUILLERMO GIRALDO
Principal promotor del referendo de la reelección presidencial
'Los conjueces están tomando facultades que no tienen, porque la Ley dice que si se anulan las firmas procede por parte del Registrador hacer el recurso ante el contencioso administrativo'.
JOSÉ OBDULIO GAVIRIA
'Vamos a hacer un pronunciamiento sobre el gravísimo atentado que se cometió ayer (jueves), esto degrada a los cinco millones de colombianos que firmaron por el referendola decisión de los conjueces es un atentado'.
GUSTAVO PETRO
Candidato presidencial del Polo Democrático
'La decisión muestra que se cayó todo el proceso de discusión del proyecto, porque tiene una fuente de ilegitimidad irreparable. Si el Gobierno o la Corte Constitucional insisten en darle trámite, sería una ruptura de la institucionalidad en Colombia'.
RAFAEL PARDO
Candidato liberal
'La decisión pone al referendo en cuidados intensivosse muestra que esta es otra de las irregularidades con las cuales se tramitó desde su comienzo, en el proceso de las firmas'.
SERGIO FAJARDO
Candidato independiente
'El origen del referendo es ilegítimo, pero será la Corte Constitucional la que defina sobre qué alcance tiene esta decisión de los conjueces en el fallo final del referendo de la reelección'.
GERMÁN VARGAS LLERAS
Candidato de Cambio Radical
'Esta situación debe llevar a que el presidente Uribe haga claridad definitivamente sobre sus aspiraciones, lo cual permitirá que la campaña fluya mejor'.














