Desde medio día de descanso remunerado hasta descuentos en trámites con entidades del Estado, son algunos de los beneficios por ejercer el derecho al voto en los comicios.

Publicado por: OSCAR IVÁN REY
En una democracia como la de Colombia, votar es un derecho que lamentablemente un 60% de la población no ejerce.
La abstención en los comicios se ha convertido en el común denominador en cada elección.
Es por eso que desde 1.997 el Gobierno decidió incentivar la participación de la ciudadanía en las urnas y a través de la Ley 403 de ese mismo año estableció los estímulos para los sufragantes.
Vanguardia Liberal les trae a sus lectores una lista con los beneficios que obtendrán todos los colombianos que hoy salgan a las urnas a votar por el Sí o por el No en el plebiscito que busca refrendar los acuerdos entre Gobierno y Farc para el fin del conflicto armado.
Para acceder a todos estos beneficios, deberá contar con el Certificado de Votación que le entregará el jurado de la mesa donde ejerza su voto.
Para el exregistrador Carlos Ariel Sánchez, sin duda, el certificado electoral es un estimulante para votar en un país en el que el voto no es obligatorio sino facultativo.
En Santander 1.636.329 ciudadanos están aptos para votar.
Al cierre de esta edición, en la Registraduría departamental había 40 mil cédulas por entregar.
En Santander existen 4.064 mesas de votación habilitadas.
Preferencias de elección
El ciudadano que participe en las votaciones de hoy tendrá derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hayan hecho, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
Así mismo, tendrá el derecho a ser preferido frente a quienes injustificadamente no lo hubieren hecho, en caso de igualdad de puntaje en la lista de elegibles para un empleo de carrera del Estado.
Un mes menos de servicio
Del mismo modo, quien participe en las votaciones de plebiscito antes del reclutamiento en el servicio militar tendrá derecho a una rebaja de un mes en el tiempo de prestación de este servicio, cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller, y de dos (2) meses, cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares.
Becas y descuentos en educación superior
Los ciudadanos que cumplan con su deber constitucional de votar tendrán derecho a ser preferidos frente a quienes injustificadamente no votaron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.
Además, la Ley aclara que el estudiante de institución oficial de educación superior tendrá derecho a un descuento del 10% del costo de la matrícula si acredita haber sufragado en la última votación realizada con anterioridad al inicio de los respectivos períodos académicos.
Medio jornada de descanso remunerado
El ciudadano que vote el plebiscito hoy tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.
Los ciudadanos deben recordar que el tiempo de descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.
Si se excede del mes, el empleador no está en la obligación de concederle el beneficio.
En caso de que el sufragante haya cumplido como Jurado de Votación tendrá hasta 45 días después de la elección para concretar con su jefe un día de jornada compensatoria.
Descuentos en los costos de trámites
Quien ejerza su derecho al sufragio se beneficiará, por una sola vez, de una rebaja del diez por ciento (10%) en el valor de expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro (4) años siguientes a la votación. Este porcentaje se descontará del valor del pasaporte que se destina a la Nación.
También tendrá 10% de descuento en el trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial; diez por ciento (10%) del trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar y diez por ciento (10%) del valor de duplicados de la cédula de ciudadanía del segundo duplicado en adelante.
Descuentos en universidades privadas
Las universidades no oficiales podrán establecer, dentro de sus estrategias de mercadeo, un descuento en el valor de la matrícula a los estudiantes de pregrado y postgrado que acrediten haber sufragado en las últimas elecciones o eventos de participación ciudadana directa.
Las universidades que voluntariamente establezcan el descuento en la matrícula no podrán trasladar a los estudiantes el valor descontado ni imputarlo como costo adicional en los reajustes periódicos legalmente autorizados.
El Gobierno les otorgará reconocimientos especiales e incentivos a las universidades que den aplicación al estímulo electoral.
Las instituciones educativas de carácter privado no están obligadas por la Ley a realizar dichos descuentos en las matrículas u otros beneficios.














