Política
Viernes 29 de noviembre de 2024 - 07:02 PM

Exdirector de Metrolínea pagó prima técnica ilegal, según informe final de auditoría de la Contraloría Municipal

La Contraloría Municipal precisó que el actual Director de Tránsito de Bucaramanga y exgerente de Metrolínea violó la ley al autorizar el pago de la liquidación de la exgerente Yolima Espinel, que incluyó una prima técnica ilegal y sus respectivas prestaciones sociales.

Jhair Andrés Manrique Bautista, exgerente de Metrolínea y actual Director de Tránsito de Bucaramanga, de denunciante a involucrado.
Jhair Andrés Manrique Bautista, exgerente de Metrolínea y actual Director de Tránsito de Bucaramanga, de denunciante a involucrado.

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Un informe final de auditoría de la Contraloría Municipal de Bucaramanga a Metrolínea S.A., concluyó que el exgerente de esa entidad, Jhair Andrés Manrique Bautista, autorizó el pago ilegal de una prima técnica.

En su Informe Final de Actuación Especial de Fiscalización AEF-017-2024 Metrolínea, la Contraloría precisa que, el actual Director de Tránsito de Bucaramanga violó la ley, a pesar de que él mismo había denunciado esta irregularidad.

Dicho comportamiento se habría dado al autorizar el pago de la liquidación de la exgerente de Metrolínea, Yolima Espinel, en el que se incluyó la mencionada prima técnica, con sus respectivas prestaciones sociales.

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Frente a esta actuación, la Contraloría Municipal concluyó que se configura un hallazgo administrativo, con presunta incidencia fiscal.

El daño se tasó en $6.875.332 y ya quedó cubierto, por un descuento que se le hizo de su propia liquidación, al salir de Metrolínea y, según autorización de la misma Junta directiva de la entidad.

El organismo de control señala, además, que dicho hallazgo deberá incluirse en un plan de mejoramiento suscrito por el Representante Legal de la entidad, para que se implemente lo pertinente.

Sin embargo, el caso del exgerente de Metrolínea y actual Director de Tránsito de Bucaramanga, Jhair Andrés Manrique Bautista, no es el único hallazgo de la Contraloría Municipal.

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Se estableció que el pago de la prima técnica se hizo efectivo desde 2005 hasta 2023, y durante las diversas administraciones de la entidad, a pesar de que es ilegal y su autorización solo es potestad del alto Gobierno.

Al respecto, el 3 de julio de 2024, el DAFP precisa que: “en la actualidad NO es procedente el reconocimiento o pago de la prima técnica, por cuanto no hay norma que consagre la posibilidad de otorgamiento de dicha prima, para los empleados en ningún nivel de las entidades del orden territorial”.

El DAFP explica que las entidades no tienen obligación de pagarla y reitera que la prima técnica no constituirá derecho adquirido en ningún caso.

En consecuencia, “se precisa que ningún criterio de prima técnica se ha contemplado para el funcionario objeto de consulta...” que en este caso es la exgerente de Metrolínea.

Vanguardia le envió un chat de WhatsApp y llamó al exdirector de Metrolínea, Jhair Manrique, para conocer su versión sobre lo sucedido, pero no respondió.

La norma incluye caducidad y prescripción

Recuperación de recursos por el pago indebido de la prima técnica a ex Gerente de Metrolínea S.A., Yolima Espinel Blanco.
Recuperación de recursos por el pago indebido de la prima técnica a ex Gerente de Metrolínea S.A., Yolima Espinel Blanco.

No obstante, la Ley 610 de 2000. En su Artículo 9°. “Caducidad y prescripción”, señala que:

“La acción fiscal caducará si transcurridos cinco (5) años desde la ocurrencia del hecho generador del daño al patrimonio público, no se ha proferido auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal...”

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Ese término, señala la misma ley, “empezará a contarse para los hechos o actos instantáneos desde el día de su realización, y para los complejos, de tracto sucesivo, de carácter permanente o continuado, desde el último hecho o acto”.

Es decir, que la responsabilidad fiscal prescribirá en cinco (5) años, contados a partir del auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, si dentro de dicho término no se ha dictado providencia en firme que la declare.

Se precisa, sin embargo que, el vencimiento de los términos establecidos en ese artículo no impedirá que cuando se trate de hechos punibles, se pueda obtener la reparación de la totalidad del detrimento.

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También se podrán reparar los demás perjuicios que haya sufrido la administración, “a través de la acción civil en el proceso penal, que podrá ser ejercida por la Contraloría correspondiente o por la respectiva entidad pública”, según la misma Ley 610 de 2000.

Por ahora, en Metrolínea solo se pudo tasar el daño al patrimonio público en las vigencias 2020 al 2024, por conceptos de pagos de prima técnica y las prestaciones sociales causadas por su reconocimiento.

¿Y quiénes deben responder por 15 años de ilegalidad?

Metrolínea.
Metrolínea.

Es decir que, durante quince años, entre 2005 a 2020, se originó un presunto daño patrimonial al Estado con la lesión del patrimonio público, que aun no se ha valorado.

Ese daño estuvo representado en “el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, e inoportuna”.

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Según valor certificado de Metrolínea S.A. para las vigencias 2020 al 2024, el daño al patrimonio público asciende a $297 millones 117.425.

La Contraloría Municipal de Bucaramanga estableció que quienes deben responder por ese “reconocimiento de un beneficio económico que no se encontraba acorde con la Ley”, son los gestores fiscales.

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Ese dinero corresponde a los recursos pagados por conceptos de las asignaciones al pago de las primas técnicas en la empresa Metrolínea S.A, vulnerando presuntamente lo establecido en la Ley 1952 de 2019, Ley 610 de 2000 y Ley 599 de 2000.

Concluye además que, en virtud de ello, “se configura una observación administrativa con presunto alcance fiscal, respecto a otras connotaciones, disciplinarias y penales, que fueron puestas en conocimiento por Metrolínea S.A. a los diferentes entes de control”.

Exgerente de Metrolínea ya pagó el daño fiscal

Jhair Andrés Manrique Bautista, exgerente de Metrolínea.
Jhair Andrés Manrique Bautista, exgerente de Metrolínea.

La Contraloría Municipal señala que, en la presente Actuación Especial de fiscalización, se identificó un Beneficio de Control Fiscal Cuantitativo.

Es decir, que los recursos girados a favor de la exgerente de Metrolínea S.A., Yolima Espinel Blanco, por el pago irregular de la prima técnica, fueron recuperados de inmediato.

En total, al exgerente de Metrolínea Jhair Manrique le descontaron $6.875.332, según lo aprobado por la mesa de trabajo del 28 de noviembre de 2024, en obediencia a lo establecido en la Resolución No. 000091 del 02 de junio de 2021.

Al exgerente Manrique se le hizo el descuento al momento de realizar el pago de su liquidación.

Dicha Resolución fue expedida por la Contraloría Municipal de Bucaramanga, por medio de la cual se adoptó el procedimiento para el manejo de los Beneficios de Control Fiscal.

Es decir, que el Equipo Auditor de la Contraloría Municipal configuró un “Beneficio de Control Fiscal Directo” por recuperación de recursos.

Dineros que fueron recuperados por Metrolínea S.A, según se observa en el comprobante de egreso No. 2024000504, certificación de la tesorera y resolución 231 de noviembre 26 de 2024.

¿Qué es un Beneficio de Control Fiscal Directo Cuantitativo? Es la acción que contribuyó a mejorar la gestión del sujeto vigilado, a través de una acción adoptada de forma inmediata, una vez recibido el pronunciamiento por parte de la Contraloría de Bucaramanga y antes de liberar el informe definitivo.

Exgerente de Metrolínea, de denunciante a involucrado

Llama la atención que, el actual Director de Tránsito de Bucaramanga, Manrique Bautista, interpuso una queja el 16 de septiembre de 2024.

Irónicamente, esa queja dio origen a la apertura de la presente Actuación Especial de Fiscalización por parte de la Contraloría Municipal de Bucaramanga.

En dicha actuación se “evidenció una presunta trasgresión a la Ley 6120 de 2000, debido a que se ha venido pagando una prima técnica en Metrolínea desde 2005 y Manrique Bautista también actuó de esa manera irregular.

Según normatividad vigente y un concepto solicitado por la misma Metrolínea al Departamento Administrativo de la Función Pública, DAFP, “se podría estar incurriendo en presunto daño fiscal al patrimonio público”, tal y como lo evidencia la auditoría.

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