El ministro Armando Benedetti asegura que la Comisión de Acusación no tiene facultades para suspender al presidente Gustavo Petro.

Publicado por: Redacción Política
El Gobierno Nacional y diversos sectores políticos rechazaron con vehemencia la sorpresiva medida cautelar de la presidenta de la Comisión de Acusación de la Cámara, Gloria Arizabaleta, de suspender provisionalmente al presidente Gustavo Petro.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, calificó la decisión de “absurda” e “inconstitucional”, advirtiendo que solo el Senado de la República cuenta con las facultades legales para apartar al mandatario de su cargo.

El Gobierno califica la suspensión como un acto “inexistente en derecho”
La polémica se desató luego de que se diera a conocer el Auto 002, mediante el cual la representante Gloria Arizabaleta, en su rol de presidenta e investigadora de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, ordenó de manera provisional una medida cautelar para suspender del cargo a Gustavo Petro hasta el 21 de junio de 2026. Lea: En directo: Comisión de Acusaciones suspende al presidente Petro de su cargo por participación indebida en política
Según el documento, la decisión extraordinaria busca evitar una presunta participación en política e injerencia del mandatario en la campaña electoral.

El primero en salir al cruce fue el ministro del Interior, Armando Benedetti, quien desestimó los alcances legales del auto emitido: “En derecho esto no existe. Solo el Senado es quien puede suspender al Presidente después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Se recomienda: ¿Puede la Comisión de Acusaciones suspender a Petro? Así reaccionaron sus aliados y opositores
La Comisión de Acusaciones no puede tomar esta atribución, y mucho menos la voluntad de una sola representante”, enfatizó el jefe de la cartera política.
Desde la comitiva de la Casa de Nariño se limitaron a informar que el Ejecutivo no ha recibido ninguna notificación formal sobre esta determinación.
#Política ⚖️ La Comisión de Acusación de la Cámara ordenó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el próximo 21 de junio, en medio de una investigación por presunta intervención en política.
— Vanguardia (@vanguardiacom) June 10, 2026
Según el documento conocido este miércoles, la medida cautelar… pic.twitter.com/XLhhWGdAie
Respaldo multipartidista: Califican la decisión de “absurda e inconstitucional”
La lectura jurídica expuesta por Benedetti encontró inmediato eco en diferentes bancadas del Congreso, tanto de la coalición de gobierno como de sectores independientes, quienes coincidieron en señalar que la Comisión de Investigación y Acusación carece de la jurisdicción necesaria para suspender a un jefe de Estado.
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Angélica Lozano cita la Constitución Política
La senadora de la Alianza Verde, Angélica Lozano, tildó el fallo de “absurdo” y recordó los controles y el debido proceso que exige la Carta Magna colombiana para un caso de tal magnitud. En primer lugar, citó el artículo 194 de la Constitución. Se recomienda: Ella es Gloria Arizabaleta, la exesposa de Roy Barreras que firmó la suspensión provisional de Gustavo Petro
Además la congresista explicó que una medida de este tipo requiere inicialmente ser votada por toda la Comisión de Acusación. Posteriormente debe ser aprobada por la plenaria de la Cámara de Representantes.
Finalmente, Lozano indicó que el caso debe pasar a una comisión de instrucción compuesta por cinco senadores abogados, cuyo proyecto de decisión se somete a la votación definitiva de la plenaria del Senado.
#Política 🔴 El representante a la Cámara Cristian Garcés cuestionó la decisión de la congresista Gloria Arizabaleta y la calificó como una medida "inconstitucional" y una "jugadita" para favorecer políticamente al presidente Gustavo Petro.
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⚖️ Garcés sostuvo que un representante… pic.twitter.com/xPEfSqpxHR
Por su parte, el representante a la Cámara Cristian Garcés cuestionó la decisión de la congresista Gloria Arizabaleta y la calificó como una medida “inconstitucional” y una “jugadita” para favorecer políticamente al presidente Gustavo Petro.
Garcés señaló que un representante investigador no tiene facultades para suspender de manera unilateral al Jefe de Estado y afirmó que esa competencia corresponde al Senado en sesión plenaria.
Roy Barreras ratifica la falta de atribuciones legislativas
A su turno, el excandidato presidencial y expresidente del Congreso, Roy Barreras, y exesposo de la congresista Arizabaleta, se pronunció para dar un parte de tranquilidad sobre la estabilidad institucional. Otras noticias: ¿Es improcedente la suspensión al presidente Gustavo Petro por participación indebida en política?
“Como expresidente del Congreso en dos ocasiones ratifico ante los colombianos que la Comisión Legal de Acusaciones no tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y, por tanto, no tendrá efecto alguno”, aseveró.
Lo cierto es que el debate jurídico y político queda abierto en el Congreso mientras se espera un pronunciamiento oficial por parte de la plenaria de la célula legislativa y los apoderados de la Presidencia de la República.













