Política
Miércoles 10 de junio de 2026 - 09:42 AM

“Solo el Senado puede suspender al Presidente”: Benedetti a medida contra Petro

El ministro Armando Benedetti asegura que la Comisión de Acusación no tiene facultades para suspender al presidente Gustavo Petro.

Bogotá. Junio 11 de 2025. El ministro de Interior Armando Benedetti (Colprensa - Catalina Olaya)
Bogotá. Junio 11 de 2025. El ministro de Interior Armando Benedetti (Colprensa - Catalina Olaya)

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Publicado por: Redacción Política

El Gobierno Nacional y diversos sectores políticos rechazaron con vehemencia la sorpresiva medida cautelar de la presidenta de la Comisión de Acusación de la Cámara, Gloria Arizabaleta, de suspender provisionalmente al presidente Gustavo Petro.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, calificó la decisión de “absurda” e “inconstitucional”, advirtiendo que solo el Senado de la República cuenta con las facultades legales para apartar al mandatario de su cargo.

Fotografía de archivo del 21 de marzo de 2026 que muestra al presidente de Colombia, Gustavo Petro, participando durante la cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), en Bogotá (Colombia). La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la "suspensión provisional" del presidente colombiano, Petro, mientras lo investiga por su presunta participación en la campaña electoral. EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda/ ARCHIVO
Fotografía de archivo del 21 de marzo de 2026 que muestra al presidente de Colombia, Gustavo Petro, participando durante la cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), en Bogotá (Colombia). La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la "suspensión provisional" del presidente colombiano, Petro, mientras lo investiga por su presunta participación en la campaña electoral. EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda/ ARCHIVO

El Gobierno califica la suspensión como un acto “inexistente en derecho”

La polémica se desató luego de que se diera a conocer el Auto 002, mediante el cual la representante Gloria Arizabaleta, en su rol de presidenta e investigadora de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, ordenó de manera provisional una medida cautelar para suspender del cargo a Gustavo Petro hasta el 21 de junio de 2026. Lea: En directo: Comisión de Acusaciones suspende al presidente Petro de su cargo por participación indebida en política

Según el documento, la decisión extraordinaria busca evitar una presunta participación en política e injerencia del mandatario en la campaña electoral.

Bogotá. Mayo 16 de 2024. En la Comisión Legal de Investigación y Acusación conformada por los representantes Alirio Uribe, Gloria Arizabaleta y Wilmer Carrillo se realizó la rueda de prensa por  la citación de testigos por las irregularidades en la campaña del presidente Gustavo Petro. (Colprensa - Lina Gasca)
Bogotá. Mayo 16 de 2024. En la Comisión Legal de Investigación y Acusación conformada por los representantes Alirio Uribe, Gloria Arizabaleta y Wilmer Carrillo se realizó la rueda de prensa por la citación de testigos por las irregularidades en la campaña del presidente Gustavo Petro. (Colprensa - Lina Gasca)

El primero en salir al cruce fue el ministro del Interior, Armando Benedetti, quien desestimó los alcances legales del auto emitido: “En derecho esto no existe. Solo el Senado es quien puede suspender al Presidente después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Se recomienda: ¿Puede la Comisión de Acusaciones suspender a Petro? Así reaccionaron sus aliados y opositores

La Comisión de Acusaciones no puede tomar esta atribución, y mucho menos la voluntad de una sola representante”, enfatizó el jefe de la cartera política.

Desde la comitiva de la Casa de Nariño se limitaron a informar que el Ejecutivo no ha recibido ninguna notificación formal sobre esta determinación.

Respaldo multipartidista: Califican la decisión de “absurda e inconstitucional”

La lectura jurídica expuesta por Benedetti encontró inmediato eco en diferentes bancadas del Congreso, tanto de la coalición de gobierno como de sectores independientes, quienes coincidieron en señalar que la Comisión de Investigación y Acusación carece de la jurisdicción necesaria para suspender a un jefe de Estado.

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La senadora Angélica Lozano.
La senadora Angélica Lozano.

Angélica Lozano cita la Constitución Política

La senadora de la Alianza Verde, Angélica Lozano, tildó el fallo de “absurdo” y recordó los controles y el debido proceso que exige la Carta Magna colombiana para un caso de tal magnitud. En primer lugar, citó el artículo 194 de la Constitución. Se recomienda: Ella es Gloria Arizabaleta, la exesposa de Roy Barreras que firmó la suspensión provisional de Gustavo Petro

Además la congresista explicó que una medida de este tipo requiere inicialmente ser votada por toda la Comisión de Acusación. Posteriormente debe ser aprobada por la plenaria de la Cámara de Representantes.

Finalmente, Lozano indicó que el caso debe pasar a una comisión de instrucción compuesta por cinco senadores abogados, cuyo proyecto de decisión se somete a la votación definitiva de la plenaria del Senado.

Por su parte, el representante a la Cámara Cristian Garcés cuestionó la decisión de la congresista Gloria Arizabaleta y la calificó como una medida “inconstitucional” y una “jugadita” para favorecer políticamente al presidente Gustavo Petro.

Garcés señaló que un representante investigador no tiene facultades para suspender de manera unilateral al Jefe de Estado y afirmó que esa competencia corresponde al Senado en sesión plenaria.

Barreras centró su diagnóstico en una serie de crisis que, según dijo, requieren decisiones urgentes y consensos amplios. // Foto: Diego Fierro.
Barreras centró su diagnóstico en una serie de crisis que, según dijo, requieren decisiones urgentes y consensos amplios. // Foto: Diego Fierro.

Roy Barreras ratifica la falta de atribuciones legislativas

A su turno, el excandidato presidencial y expresidente del Congreso, Roy Barreras, y exesposo de la congresista Arizabaleta, se pronunció para dar un parte de tranquilidad sobre la estabilidad institucional. Otras noticias: ¿Es improcedente la suspensión al presidente Gustavo Petro por participación indebida en política?

“Como expresidente del Congreso en dos ocasiones ratifico ante los colombianos que la Comisión Legal de Acusaciones no tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y, por tanto, no tendrá efecto alguno”, aseveró.

Lo cierto es que el debate jurídico y político queda abierto en el Congreso mientras se espera un pronunciamiento oficial por parte de la plenaria de la célula legislativa y los apoderados de la Presidencia de la República.

Publicado por: Redacción Política

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