Política
Miércoles 08 de julio de 2026 - 09:56 AM

Destituyen e inhabilitan por 12 años a un edil de Bucaramanga: esta es la razón

La investigación comenzó tras una denuncia presentada en 2024. Ahora, la Procuraduría pide que se investigue la actuación de otros funcionarios.

Cesar Augusto Florez Ayala, edil de la comuna 6 de Bucaramanga. 
Foto: redes sociales.
Cesar Augusto Florez Ayala, edil de la comuna 6 de Bucaramanga. Foto: redes sociales.

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Publicado por: Redacción Política

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 12 años, en decisión de primera instancia, para ejercer cargos públicos a César Augusto Flórez Ayala por celebrar contratos con una entidad pública mientras ejercía como edil de Bucaramanga.

La decisión fue adoptada mediante la Resolución 27 del 19 de junio de 2026, en la que se determinó que el integrante de la Junta Administradora Local (JAL) de la Comuna 6 incurrió en una falta disciplinaria gravísima cometida a título de dolo, al contratar con la Empresa Pública de Alcantarillado de Santander (Empas), pese a las incompatibilidades que, según la Procuraduría, le imponía su condición de servidor público de elección popular.

El proceso disciplinario se originó tras una queja radicada el 29 de abril de 2024, en la que se advirtió que el edil habría suscrito varios contratos de prestación de servicios con Empas durante el período en que ejercía su cargo en la JAL. Esa denuncia dio paso a una investigación que concluyó con la sanción disciplinaria en primera instancia. También lea: Procuraduría formula cargos contra concejal de San Gil por presuntas inasistencias a sesiones del Concejo

César Augusto Flórez Ayala habría suscrito contratos con una entidad pública mientras ejercía como edil de Bucaramanga.
Foto: redes sociales.
César Augusto Flórez Ayala habría suscrito contratos con una entidad pública mientras ejercía como edil de Bucaramanga. Foto: redes sociales.

Los tres contratos con Empas

Durante la investigación, el Ministerio Público estableció que Flórez Ayala suscribió tres contratos de prestación de servicios con Empas en 2021, 2022 y 2023, pese a que continuaba desempeñándose como edil de la Comuna 6 de Bucaramanga.

Para el despacho, esa actuación configuró una violación al régimen de incompatibilidades previsto para los miembros de las Juntas Administradoras Locales, el cual les prohíbe celebrar contratos con entidades públicas mientras ejercen sus funciones.

El fallo sostiene que César Flórez conocía plenamente esas restricciones.

“Es claro aquí que el entonces edil César Flórez Ayala conocía que en su actuar debía observar el régimen especial de incompatibilidades que regula a los miembros de esa Corporación”, señala la decisión.

La Procuraduría también concluyó que el edil habría omitido informar su condición de servidor público durante el proceso de contratación. Le sugerimos leer: Procuraduría formula cargos contra exalcaldesa de Gámbita por presuntas irregularidades en contrato de ferias

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“Sabedor, no obstante, que la desobediencia al régimen de incompatibilidades derivaría en falta disciplinaria, el señor Flórez Ayala encaminó su actuar para buscar su vinculación como contratista de una entidad pública”, precisa el fallo.

Instalaciones de la Procuraduría General de la Nación. //Colprensa - Cristian Bayona.
Instalaciones de la Procuraduría General de la Nación. //Colprensa - Cristian Bayona.

La defensa del edil

La defensa de César Augusto Flórez Ayala sostuvo que Empas es una empresa de servicios públicos organizada como sociedad anónima y sometida al régimen del derecho privado, razón por la cual consideró que los contratos celebrados por el edil no configuraban una incompatibilidad.

Además, argumentó que los ediles no ejercen autoridad administrativa, política ni presupuestal, por lo que, a su juicio, la conducta atribuida no constituía una falta disciplinaria. No olvide leer: Procuraduría sancionó a siete exconcejales de Barbosa

No obstante, esos argumentos fueron descartados en el fallo. La Procuraduría reiteró que los miembros de las Juntas Administradoras Locales tienen la calidad de servidores públicos y están sometidos a un régimen especial de incompatibilidades destinado a garantizar la moralidad, la transparencia y la protección del interés general.

Publicado por: Redacción Política

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