La decisión anuló el castigo impuesto en primera instancia al comprobar avances en el reintegro y los pagos ordenados por el juzgado.

Publicado por: Redacción Vanguardia
La sanción de arresto y multa impuesta al excontralor de Bucaramanga, Juan Diego Rodríguez Cortés, quedó sin efectos luego de que el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Función de Conocimiento determinara que la orden de tutela que originó el incidente de desacato ya fue cumplida durante el trámite de consulta.
La decisión, adoptada el pasado 14 de julio de 2026 y acatada posteriormente por el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga, pone fin al incidente de desacato promovido por la exfuncionaria Zobeida Pinzón Narciso, quien había acudido a la justicia para reclamar la protección de sus derechos fundamentales relacionados con el trabajo, el mínimo vital, la seguridad social y la estabilidad laboral reforzada.
El desacato quedó sin efectos tras la revisión
El caso se remonta al fallo de tutela de segunda instancia del 28 de mayo de 2026, mediante el cual el Juzgado Sexto Penal del Circuito ordenó a la Contraloría Municipal de Bucaramanga reintegrar a Zobeida Pinzón Narciso a un cargo igual o superior al que desempeñaba, siempre que fuera compatible con su estado de salud.
Además, la decisión judicial dispuso garantizar su permanencia en el sistema de seguridad social durante cuatro meses y pagar los salarios y prestaciones sociales causados, incluso si el reintegro aún no se hacía efectivo.
Sin embargo, la accionante aseguró que la orden no había sido cumplida dentro del plazo fijado por el juez, razón por la cual solicitó abrir un incidente de desacato. Tras revisar el caso, el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal concluyó inicialmente que existía un incumplimiento y, el 7 de julio de 2026, sancionó a Juan Diego Rodríguez Cortés —quien para ese momento se desempeñaba como contralor municipal— con dos días de arresto y una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El juez encontró que la orden sí fue cumplida
Durante la revisión obligatoria de esa sanción, el Juzgado Sexto Penal del Circuito evaluó las actuaciones adelantadas por la Contraloría y concluyó que la situación había cambiado frente al momento en que fue impuesta la medida.
En la providencia se señala que la entidad ya había realizado un primer pago de los salarios ordenados y adelantado las actuaciones presupuestales necesarias para garantizar el cumplimiento de la tutela. Por ello, el despacho consideró que la orden constitucional ya había sido materializada y que no persistían las condiciones que justificaban mantener la sanción contra el entonces funcionario.
Publicidad
El juez también aclaró que las diferencias planteadas por la accionante sobre el monto de los salarios reconocidos no hacen parte del alcance de la tutela, sino que corresponden a una controversia que deberá resolverse ante la jurisdicción laboral.
Con base en ese análisis, el despacho revocó la sanción de arresto y multa, ordenó devolver el expediente al juzgado de origen y precisó que contra esa decisión no procede recurso alguno.
Posteriormente, el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal emitió una nueva providencia en la que obedeció lo resuelto por el superior jerárquico y dejó sin efecto las sanciones que habían sido impuestas contra el hoy excontralor de Bucaramanga, Juan Diego Rodríguez Cortés.
De esta manera, el proceso de desacato quedó cerrado al concluir la justicia que, aunque inicialmente existió un incumplimiento de la orden de tutela, durante el trámite de consulta la Contraloría Municipal acreditó las actuaciones necesarias para dar cumplimiento al fallo constitucional, razón por la cual desaparecieron los fundamentos jurídicos para mantener la sanción.















