Girón
Jueves 13 de diciembre de 2012 - 12:00 AM

Quedan dos días para pagar multas por infracciones viales

Hasta mañana, se podrá obtener el 50 por ciento de descuento en el pago de las multas de tránsito o impuestos de antes del 15 de marzo de 2010.

Los interesados en acogerse a la norma deberán acercarse a la Secretaría de Tránsito municipal. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Los interesados en acogerse a la norma deberán acercarse a la Secretaría de Tránsito municipal. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: LILIANA CARVAJAL PINEDA

Esta medida se hace cumpliendo con el artículo 95 de la ley 1450 de 2011 que ofrece este rebaja a los colombianos con el fin invitarlos al pago de sus deudas. 

“Y para ello podrán celebrar convenios o acuerdos de pago hasta por el total de la obligación y por el término que establezca el organismo de tránsito de acuerdo a la ley, siempre que el convenio o acuerdo se suscriba antes del vencimiento del plazo previsto en este artículo. El convenio o acuerdo no podrá incorporar obligaciones sobre las cuales hayan operado la prescripción, y en el mismo el conductor y el organismo de tránsito dejarán constancia de las deudas sobre las cuales operó este fenómeno”, señala la norma.

Los interesados en acogerse a esta amnistía deben dirigirse a la Secretaría de Tránsito local y realizar el curso sobre las normas de tránsito (artículo 24 de la ley 1383 de 2010), para luego pedir su re liquidación y quedar a paz y salvo con el Municipio y el Estado.

Estas cancelaciones se pueden hacer en cualquier punto Simit u organismos de tránsito del país.

Para tener en cuenta 
  • Los medios y bancos autorizados aplican también para la cancelación de cuotas de acuerdos de pago
  • El pago, realización del curso o impugnación de “comparendos” electrónicos, se debe realizar en las fechas establecidas dentro de la orden de “comparendo” enviada al propietario del vehículo.
  • Los “comparendos” electrónicos son impuestos  al propietario del vehículo, no obstante, el contraventor puede realizar el curso y el pago sin que se requiera ninguna actuación adicional. 
  • Para obtener información de los “comparendos” impuestos en carretera o en otras ciudades comuníquese o diríjase a los Simit 
  • Consulte el valor establecido por violación a las normas de tránsito en Sanción Pecuniaria 2010. 

Publicado por: LILIANA CARVAJAL PINEDA

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