Colombia
Domingo 31 de marzo de 2013 - 11:59 AM

Corte permitió acceder a subsidio a mujer indigente

La Corte Constitucional ordenó que una mujer, en estado de indigencia, pueda acceder con su contraseña al subsidio económico otorgado por el Estado a los adultos mayores en situación de indigencia o extrema pobreza, hasta que la Registraduría le expida su cédula de ciudadanía.

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Publicado por: COLPRENSA

La decisión se tomó luego de que el alto tribunal considerara que el órgano electoral “vulneró los derechos fundamentales al reconocimiento de la personalidad jurídica, al debido proceso y al mínimo vital” de la mujer, pues tardó cerca de tres años en resolver la solicitud de expedición de la cédula de ciudadanía y en comunicarle dicha decisión.

Este documento era necesario para que la mujer pudiera acceder al subsidio otorgado por el Banco Agrario.

La Corte también llamó la atención de que la entidad, luego de constatar que la mujer se encontraba en situación de múltiple cedulación, antes de proceder a la cancelación del documento, debió garantizarle una oportunidad para ejercer el derecho a ser oída dentro del trámite administrativo.

LA HISTORIA

Los hechos ocurrieron después de que Luis Felipe Velásquez Martínez, personero Municipal de Vegachí (Antioquia), presentara una acción de tutela contra la Registraduría para que expidiera y le entregara la cédula de ciudadanía a María de los Ángeles Giraldo, una adulta mayor en situación de indigencia.

El 14 de julio de 2006, la mujer con la colaboración de la Personería, la Registraduría Municipal y del Hospital San Camilo de Lelis, adelantaron los trámites necesarios para obtener el documento de identificación. En ese momento, le fue asignado un número, se le expidió la contraseña respectiva y le informaron que el documento le sería expedido en los seis meses siguientes.

Sin embargo, pasaron seis años y todavía no se le había expedido el documento de identidad. El Personero municipal interpuso una tutela para que se le respetaran sus derechos fundamentales a la igualdad, a la personalidad jurídica y de petición de la mujer.

Según el funcionario, la demora le estaba causando un grave perjuicio a la señora, pues al no tenerlo no había podido recibir el subsidio económico otorgado a los adultos mayores en situación de extrema pobreza o indigencia.

La Registraduría respondió que la mujer había hecho el pedido de la cédula en 1959, pero bajo el nombre de Socorro Bueno Taborda. Por ello, al tener un caso de doble cedulación se canceló la petición que se realizó en 2006 y se le informó que debía solicitar la renovación del cupo del número que sacó a nombre de Bueno Taborda.

El 24 de mayo de 2012, la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior de Antioquia negó las pretensiones de la tutela, pues el juez encontró que no podía ordenar la expedición y entrega de la cédula al existir un problema de doble cedulación.

Sin embargo, la Corte Constitucional dejó sin efectos este fallo y la resolución de la Registraduría que cancelaba la expedición del documento de identidad. Además, le ordenó que adelantara nuevamente el procedimiento de cedulación en un plazo no mayor a los 30 días.

Asimismo, el alto tribunal le ordenó al Personero Municipal de Vegachí que si la señora manifiesta su voluntad para cambiar su nombre se le asesore y se le acompañe en este proceso, con el fin de garantizarle el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Publicado por: COLPRENSA

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