Este sábado entró en vigencia la Ley 1805, que estableció que todos los colombianos son potenciales donantes de órganos y tejidos, a menos que expresen en vida la voluntad de no hacerlo.

Publicado por: COLPRENSA
“Se presumen que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento”, asegura la ley.
Quienes quieran expresar en vida que no quieren ser donantes deberán hacerlo a través de un documento escrito, autenticarlo ante un notario público y radicarlo ante el Instituto Nacional de Salud, INS.
La otra opción de oponerse a la donación se puede manifestar al momento de afiliarse a la EPS, la cual deberá informar al INS.
En cuando a los menores de edad, la ley establece que podrán ser donantes, siempre y cuando, sus representantes legales expresen su consentimiento informado para la donación de órganos y/o tejidos dentro de las ocho horas siguientes a la ocurrencia de la muerte cerebral.
De acuerdo con la Red de Donación y Trasplantes de Órganos y Tejidos, la lista de espera solamente muestra una pequeña cantidad de pacientes que necesitan trasplantes. “Hay, por lo menos, 50.000 personas quienes esperan órganos y tejidos. Ingresar a la lista puede tomar tiempo.














