El Ministerio de Trabajo precisó qué empleados deben cotizar bajo el régimen público especial.

Publicado por: Danilo Cárdenas
El Gobierno colombiano ordenó que los empleados que desempeñen labores catalogadas como de alto riesgo coticen exclusivamente en Colpensiones, el régimen público administrado por el Estado. La medida, fundamentada en el artículo 20 de la Ley 100, busca reforzar la protección social de quienes enfrentan mayores peligros en su entorno laboral.
Según informó el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, cerca de 45.000 cotizantes deberán ser trasladados desde los fondos privados al régimen de prima media. Este grupo está conformado principalmente por trabajadores de sectores como minería, siderurgia, control aéreo, bomberos y actividades relacionadas con la manipulación de explosivos o sustancias peligrosas.
La decisión se adopta para garantizar que los aportes de estos empleados se realicen bajo las condiciones del régimen especial de vejez, el cual permite una jubilación anticipada y mejores coberturas frente a invalidez o incapacidad derivadas de su oficio.

Colpensiones ya inició el proceso de notificación y traslado con las administradoras privadas.

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¿Por qué deben cotizar en Colpensiones los trabajadores de alto riesgo?
De acuerdo con la normativa, las profesiones de alto riesgo son aquellas que exponen al empleado a condiciones extremas o a un desgaste físico y mental superior al promedio. Estas incluyen labores en minas subterráneas, manejo de explosivos, exposición a altas temperaturas, control de tránsito aéreo o manipulación de residuos hospitalarios.
El traslado obligatorio responde a la necesidad de proteger a estos trabajadores, ya que el sistema público ofrece beneficios especiales. Entre ellos, la posibilidad de pensionarse antes de la edad legal, 57 años para mujeres y 62 años para hombres y una tasa de reemplazo más alta en caso de invalidez o fallecimiento.
El presidente de Colpensiones explicó que la medida corrige una irregularidad histórica, pues muchos empleados de alto riesgo estaban afiliados a fondos privados, pese a que la ley los obliga a cotizar en el régimen estatal. Además, enfatizó que las administradoras privadas deberán responder a las solicitudes de traslado en las próximas semanas.
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Contexto legal y antecedentes de la medida sobre pensiones en Colombia
La Ley 100 de 1993 establece en su artículo 20 que los trabajadores de alto riesgo deben cotizar en el régimen público debido a las particularidades de su labor. En 2003, un decreto amplió las condiciones de protección, obligando a los empleadores a aportar un 10 % adicional sobre la base de cotización para financiar la pensión especial.
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Según la experta en pensiones Jerome Sanabria, líder de la iniciativa No con mi Ahorro, este decreto abrió una ventana de traslado que muchos empleados no aprovecharon, bien por desconocimiento o por no cumplir las condiciones exigidas. “Quienes no alcancen las 700 semanas de cotización exclusivamente en actividades de alto riesgo no podrán acceder a la pensión especial”, explicó.
El traslado de los 45.000 trabajadores representa un paso clave para garantizar el cumplimiento de la ley y fortalecer la protección de quienes ejercen oficios con mayor exposición a riesgos laborales. La medida también refuerza el papel de Colpensiones como entidad encargada de asegurar la estabilidad y el bienestar en la vejez de los trabajadores colombianos.













